Si trabajas este 25 de diciembre o el 1 de enero; esto debes recibir de sueldo
Por tratarse de días feriados, la Ley Federal del Trabajo contempla pago especial
MÉRIDA, Yuc.- Las Fiestas Navideñas son épocas de reunión familiar, sin embargo, las personas que trabajan para distintos sectores como el restaurantero, de transporte y otros más no podrán descansar, por lo que tendrán derecho a un pago especial.
Los días considerados de descanso oficial o feriados son este domingo 25 de diciembre y el domingo 1 de enero, fechas en las que se celebra la Navidad y el Año Nuevo, respectivamente.
En esta recta final del 2022, de manera oficial se descansa el domingo 25 de diciembre y el 1 de enero, pero si la persona tiene que trabajar ese día no debe olvidar que además de su sueldo diario debe recibir un pago extra.
“El trabajador no tiene obligación de trabajar los días de descanso, salvo que el patrón y trabajador así lo acuerden. En cuyo caso, deberá ser remunerado”, se señala en los artículos 69, 71 y 73 de la Ley Federal del Trabajo.
Pago especial
Según la Ley Federal del Trabajo si el obrero o el empleado tiene que trabajar esos días, debe percibir un sueldo equivalente a más del doble de su salario cotidiano, esto de acuerdo con las horas laborales ejercidas.
En caso de que trabajes en Navidad, es decir, el 25 de diciembre, el patrón o empresa tendrá que pagar el doble, además del salario normal.
Por ejemplo, a un empleado o trabajador que perciba de sueldo 100 pesos diarios, se le tiene que pagar esa cantidad más otros 200 pesos adicionales.
Es decir, tendrá que recibir 300 pesos de sueldo por el día trabajado, de acuerdo a lo referido en el Artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo.
Esto también aplica para aquellos que tendrán que laborar en Año Nuevo, el 1 de enero de 2023, considerado también día festivo o de descanso obligatorio.
Debido a que ambas fechas caerán en día domingo, además del pago antes citado, aquellos trabajadores que no descansen ese día y tengan que laborar, deberán recibir, de acuerdo con la ley, el 25 por ciento extra de su sueldo diario por concepto de la prima dominical.
Con información de El Heraldo de México
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