Aumentan los asaltos a transporte público en Quintana Roo

De acuerdo con las autoridades de la Secretaría Estatal de Seguridad Pública, se registró un incremento del 16.6% anual en los índices delictivos.

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Sin freno, los robos a viajeros de colectivos. (Foto: Daniel Tejada)
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Las personas que viajan en el transporte público colectivo de Quintana Roo siguen siendo víctimas de los asaltos, e incluso han aumentado los incidentes, dio a conocer la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana.

De acuerdo con las cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (Sesnsp), en el primer trimestre del presente año la Fiscalía General del Estado (FGE) inició investigaciones por 35 asaltos que se cometieron en este tipo de transporte y que el año pasado, en el mismo período de enero-marzo, hubo 30. 

En su momento, las autoridades de la Secretaría Estatal de Seguridad Pública (SESP) informó que los índices delictivos iban a la baja; sin embargo, en lo que respecta a este tipo de delito, se registró un incremento del 16.6% anual.

Según las características con que se dieron las cosas a bordo de la unidad de transporte colectivo, solamente en una ocasión hubo uso de la violencia por parte del delincuente que estaba cometiendo este hecho delictivo; por lo que en la mayoría de las ocasiones solamente fue despojar de las pertenencias a los pasajeros, las de valor.

Recomendaciones a los operados ante aumento de robos 

La recomendación que ha hecho en reiteradas ocasiones el Sindicato Único de Choferes de Automóviles de Alquiler (Suchaa) a través de sus líderes, es que los operadores se deben de mantener en contacto entre sí por la vía radial o también con la frecuencia que se utiliza con las oficinas centrales, para informar de manera inmediata de cualquier situación delictiva por la que se esté pasando, para brindar la ayuda pertinente.

El Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, establece que se le puede imponer de cuatro a 12 años de cárcel y de 20 a 80 días de multa, si el robo se realiza acometiendo a la víctima, encontrándose ésta en un vehículo particular o de transporte público.

Así como de vehículos estacionados en la vía pública o en otro lugar destinado a su guarda o reparación.

“Para los efectos de este Código, el delito de robo se tendrá por consumado desde que el autor tenga la cosa robada, aunque lo abandone o lo priven de ella”, puntualiza. 

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