Autorizan primer juzgado de adopción en Quintana Roo
Comenzará a brindar servicios a partir del 18 de noviembre en Chetumal.
Quintana Roo contará con su primer Juzgado Especializado en Adopción, que comenzará a brindar servicios a partir del 18 de noviembre en Chetumal para resolver juicios relacionados con controversias de este tipo en todo el estado.
El Consejo de la Judicatura del Poder Judicial de Quintana Roo autorizó la creación de este nuevo órgano jurisdiccional que resolverá las controversias suscitadas sobre el juicio de adopción, el cual aún es resuelto por jueces familiares que se ubican en los diversos distritos judiciales de la entidad.
Con esto se busca que jueces especializados resuelvan controversias de adopción que tienen que ver con la pérdida de la patria potestad, abandono, entre otros, que permite que el menor pase a formar parte de una nueva familia.
“El Juzgado Especializado en Adopción tendrá competencia en la vía ordinaria en lo concerniente al otorgamiento de la declaración de la adoptabilidad por pérdida de la patria potestad, de conformidad con lo aplicable en la legislación correspondiente”, expone el Consejo de la Judicatura de Quintana Roo, en una publicación en el Periódico Oficial del Estado del Estado del pasado viernes.
De acuerdo con el dato oficial más reciente emitido por el Gobierno de Quintana Roo, hasta octubre de 2023, habían sido adoptados 24 menores en la entidad, quienes tuvieron que pasar por un proceso legal para pasar a formar parte de otra familia.
La adopción en la entidad está regida por la Ley de Adopción, el Código Civil y otras normas jurídicas que protegen a la niñez y la familia; asimismo, el Código Penal para castigar a las personas que hagan un indebido proceso. Todos estas normas se encuentran armonizadas con tratados internacionales que protegen a las niñas y los niños.
El nuevo órgano jurisdiccional que atenderá estos casos, se ubicará en la avenida Framboyanes, entre calle Chicozapote y Malinche, en Chetumal.
El acuerdo dictado por la autoridad judicial, establece que una vez entre en operaciones el órgano jurisdiccional, los juzgados familiares que se encuentran en los diversos municipios serán incompetentes para estos casos y deberán trasladar los juicios a la capital del estado.