Baja número de rentas en Airbnb, pero incrementan tarifas en Q. Roo
Las rentas vacacionales activas son propiedades que se ofertan a través de las plataformas digitales en el Caribe mexicano.
El Caribe mexicano cerró el primer trimestre de 2025 con una disminución del 13.5% en el número de rentas vacacionales activas, pero lo que sí incrementó fue la tarifa promedio de este tipo de hospedaje.
Las estadísticas de la Secretaría de Turismo del Estado de Quintana Roo, revelan que del primer trimestre de 2024 a 2025 las rentas activas en el Caribe mexicano pasaron de 33 mil 394 a 28 mil 855 rentas activas, y la tarifa promedio pasó de dos mil 846 pesos a tres mil 429.3 pesos por noche.
Las rentas vacacionales activas son propiedades que se ofertan a través de las plataformas digitales en el Caribe mexicano, entre las más frecuentadas se encuentran Airbnb, Vrbo, OneFineStay o HomeAway, las rentas vacacionales activas pueden corresponder a propiedad completa, cuarto privado o cuarto compartido.
En Quintana Roo, los destinos que reportan rentas activas son Tulum, Playa del Carmen, Cancún, Cozumel, Akumal, Puerto Morelos, Bacalar, Holbox, Puerto Aventuras, Chetumal, Mahahual y Felipe Carrillo Puerto.
Hasta el 31 de marzo de este 2025, la ocupación reportada en las casi 29 mil rentas vacacionales activas en el caribe mexicano, fue de un 47% y la tarifa promedio más alta la reportan las rentas vacacionales de Puerto Aventuras, tarifa que es de ocho mil pesos por noche.
En Akumal, la tarifa promedio es de seis mil pesos; en Holbox, de cuatro mil 200 pesos; en Tulum, de cuatro mil 100 pesos; en Cancún, de tres mil 400 pesos; en Puerto Morelos, de tres mil 200 pesos, y en Cozumel y Playa del Carmen, la tarifa promedio es de tres mil pesos, respectivamente.
La Ley del Impuesto al Hospedaje del Estado de Quintana Roo establece que es objeto de este impuesto los servicios de hospedaje que presten anfitriones en plataformas tecnológicas o digitales, así como personas físicas y las morales dentro del territorio del Estado de Quintana Roo que otorguen hoteles, moteles, mesones, posadas, hosterías, áreas de pernoctación destinadas a albergues móviles, tales como campamentos, paraderos de casas rodantes.
También tiempo compartido, marinas turísticas, departamento, casas y villas particulares, total o parcialmente, y los demás establecimientos en donde se brinde albergue temporal de personas, sin el propósito de establecerse en él.