Cancún: tres de cada cuatro anuncios y publicidad en las calles son ilegales
De acuerdo con la ley, los anuncios espectaculares de tercero están prohibidos en la zona hotelera de Cancún.
Cancún se caracteriza por ser el paraíso de la publicidad exterior ilegal, donde se ha permitido su colocación violando el reglamento municipal y poniendo en riesgo la salud, integridad y bienes de los habitantes, sostiene la Fundación por el Rescate y Recuperación del Paisaje Urbano (FRRPU).
Jorge Carlos Negrete Vázquez, representante de la fundación urbanista, sostiene que en Cancún tres de cada cuatro anuncios espectaculares que hay en las calles y avenidas son ilegales, según una evaluación realizada.
El activista apunta que, por ejemplo, en la zona hotelera está prohibida la instalación de publicidad de terceros, pero es posible observar por toda la vialidad pantallas electrónicas y lonas publicitarias en los inmuebles.
“Entre los anuncios que podemos observar que están fuera de la ley se encuentran los colocados en el piso o pavimento de las calles, avenidas y calzadas; los anuncios móviles, colgantes o de bandera; en edificaciones no diseñadas para soportar estructuras; proyectados sobre las edificaciones públicas o privadas, desde un vehículo en movimiento; los colgados, adheridos o pintados en puentes vehiculares y peatonales, pasos a desnivel, bajo puentes, muros de contención; en parques, jardines, áreas verdes, zonas de conservación ecológica, de valor ambiental, espacios naturales protegidos, bosques y sitios arbolados”, explicó.
También se encuentran con regularidad anuncios colocados en edificaciones destinadas y autorizadas exclusivamente para uso habitacional.
Por ley, no debe colocarse anuncios en los árboles
El artículo 27 del Reglamento de Anuncios y Publicidad de Benito Juárez especifica que en ningún caso se permitirá la instalación de anuncios en árboles y flora del Municipio, o que requieran para su colocación o visibilidad, cortar, derribar, maltratar o en cualquier forma dañar árboles o vegetación, sin embargo, es común ver las podas realizadas para dar más visibilidad a estas estructuras, apunta la organización.
En el artículo 28 del Reglamento señala que los anuncios y sus elementos no podrán invadir ni proyectarse sobre las propiedades colindantes, ni interferir con la visibilidad o funcionamiento de la nomenclatura de las calles o cualquier señalización oficial. Sin embargo, dice Negrete, en la realidad se practica todo lo contrario.
De acuerdo con la FRRPU, el caso de la estructura volumétrica derrumbada frente al McDonalds ubicado en avenida Kabah, ejemplifica lo que puntualiza el artículo 33, que en ningún caso se otorgará licencia o permiso para la colocación de anuncios que, por su ubicación, dimensiones o materiales empleados en su construcción o instalación, puedan poner en peligro la salud, la vida o la integridad física de las personas, la seguridad de los bienes, ocasionar molestias a los vecinos o que afecten la prestación de los servicios públicos.
En tanto, asevera que los anuncios colgantes, de bandera o cualquier otro que por sus características invadan la vía pública, por ningún motivo se autorizarán cercanos a menos de dos metros del arroyo vehicular y cuya altura sea menor a los dos metros cuarenta centímetros sobre el nivel de la banqueta, por lo que los anuncios que están sobre Bonampak no están permitidos.