El cobro a zonas arquelógicas es exclusivo de INAH

Fue el presidente del Ejido 'Villas Cozumel' quien se 'quedaba' con los ingresos.

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El INAH ya le había notificado esta acción al presidente pero él hizo caso omiso. (Foto: Gustavo Villegas/SIPSE).
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Gustavo Villegas/SIPSE
COZUMEL, Q. Roo.- La construcción de una caseta para cobro de peaje en el poblado de El Cedral, así como el cobro mismo de dos dólares americanos a quien intente entrar al poblado, son ilegales y de esto dio cuentas la delegación del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) en Quintana Roo; mediante un documento fechado el 10 de agosto de este año y enviado a Gabriel Hernán Yam Chan, presidente del Ejido Villas Cozumel.

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En él, advierte que la Ley Federal de Bienes Nacionales los Inmuebles Federales, considera que los monumentos arqueológicos están sujetos al dominio público de la federación.

Con base en esta legislación vigente únicamente el INAH está facultado para realizar cobros de derechos por acceso a zonas arqueológicas abiertas al público. Esta información fue ocultada por el abogado Gabriel Yam, quien se mantuvo en su proyecto de obtener ingresos mediante el cobro de una cuota y no aceptó el documento de notificación, ignorando a una instancia federal.

Un documento que se hizo llegar a la mesa de redacción de este rotativo en la isla, con número de oficio DIQQR/401.B.4.135/100B/18 del expediente El Cedral, dirigido a Gabriel Yam, se indica que INAH tuvo conocimiento de la edificación del quiosco y la implementación de un peaje, gracias a las publicaciones de este diario.

El Cedral es considerado por el INAH como sitio arqueológico y está incluido en el catálogo del Registro Público de Monumentos y Zonas Arqueológicos e Históricos bajo el número 24957 con clave F16D7123010, folio real 2ASA00021264 por lo que forman parte del patrimonio de la nación, sujeto a jurisdicción y regulación de los poderes federales desde el año de 1917 en que se expidió la constitución mexicana.

El escrito firmado por Adriana Velázquez Morlet, delegada del INAH en la entidad indica que corresponde a la Secretaría de Cultura ejercer posesión, vigilancia, conservación, administración y control de este lugar además de que el artículo 288 de la Ley Federal de Derechos permite sólo a la federación, mediante el INAH, hacer cobros de derechos a zonas arqueológicas abiertas al público.

La misiva pedía a Gabriel Yam evitar dichos cobros por el acceso a los vestigios arqueológicos en el lugar y puntualiza que estos vestigios no se limitan a los visibles ya que existen numerosos elementos bajo la superficie del poblado.

En caso de que se hiciera caso omiso de las recomendaciones el INAH iniciaría procedimientos legales y administrativos indica el oficio que fue ignorado por el abogado presidente del Ejido Villas Cozumel.

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