Es oficial: Estos son los estímulos fiscales que se aplicarán en Chetumal

Este 30 de diciembre se publicó el Decreto que explica cómo será la reducción del ISR y del IVA en la zona fronteriza sur de México.

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(Paola Chiomante/SIPSE)
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Cancún.- Este miércoles 30 de diciembre fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, en el que se hacen oficiales los beneficios en el pago de impuestos en dicha zona. En el caso de Quintana Roo dichos estímulos serán aplicables únicamente a empresas.

El documento explica que la intención es combatir la pobreza, que en la zona sur es mayor que en el resto del país: en el sur 23.1% de la población sufre pobreza extrema, mientras que en el resto de México, este porcentaje es del 7.8%, según datos del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval).

Es por eso que con este decreto se busca “crear condiciones y medios efectivos para atraer la inversión y con ello generar riqueza y bienestar para la población; dar respuesta a la creciente inmigración desarrollando una nueva política económica para la frontera sur, con visión de futuro basada en lograr una economía con fundamento en el conocimiento y, por ende, incrementar la recaudación fiscal”, dice el documento oficial.

¿En qué consisten estos estímulos?

En lo referente al Impuesto sobre la Renta (ISR) el estímulo consiste en la condonación de la tercera parte por este concepto.

Y respecto al Impuesto al Valor Agregado (IVA), consiste en la reducción del 50%, es decir, que se pagará el 8%.

¿Quiénes pueden tener acceso a estos beneficios?

El decreto restringe la aplicación de dichos estímulos a contribuyentes “que perciban ingresos provenientes de actividades empresariales exclusivamente en la región fronteriza sur”, lo cual excluye a personas que realicen la compra de bienes o servicios contemplados en dicho documento, pero que no reporten ante el fisco actividades empresariales.

Quedan excluidos del estímulo al ISR los giros de venta de inmuebles, el comercio digital, los ingresos obtenidos por bienes intangibles, las outsourcing y quienes ya tengan otro beneficio fiscal relacionado con este impuesto; así como también quienes hayan evadido impuestos previamente.

En el caso del IVA no aplicará el estímulo a empresas de transporte, terrestres, marítimas o aéreas, cuyas rutas no inicien y terminen en la zona fronteriza sur, sin escalas fuera del territorio. Tampoco aplica para la enajenación de inmuebles así como para el uso y goce de bienes intangibles, ni para quienes hayan incurrido en delitos fiscales.

¿Qué requisitos se deben cumplir?

Para el beneficio del ISR:

  • Tener domicilio fiscal en la Región Fronteriza Sur.
  • Que al menos el 90% de sus ingresos sean percibidos exclusivamente en la Región Fronteriza Sur.
  • Tener al menos 18 meses de haberse inscrito al RFC, en caso contrario, se deberá acreditar que cuenta con la capacidad económica e instalaciones para realizar sus actividades.
  • Inscribirse antes del 31 de marzo en el Padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza sur. La vigencia será solo por el ejercicio fiscal en curso, por lo cual si se quiere renovar, deberá hacerse antes del 31 de marzo del ejercicio fiscal del que se trate.

En el caso del IVA:

  • Dar aviso en los 30 días posteriores a la entrada en vigor del Decreto de que se quiere aplicar el estímulo fiscal.
  • En el caso de empresas o sucursales nuevas, se debe hacer el aviso en los 30 días siguientes a la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC)

¿Qué ciudades están en la zona fronteriza sur a la que se refiere el decreto?

  1. Othón P. Blanco del estado de Quintana Roo;
  2. Palenque, Ocosingo, Benemérito de las Américas, Marqués de Comillas, Maravilla Tenejapa, Las Margaritas, La Trinitaria, Frontera Comalapa, Amatenango de la Frontera, Mazapa de Madero, Motozintla, Tapachula, Cacahoatán, Unión Juárez, Tuxtla Chico, Metapa, Frontera Hidalgo y Suchiate, del estado de Chiapas;
  3. Calakmul y Candelaria, del estado de Campeche, y
  4. Balancán y Tenosique, del estado de Tabasco.

El anuncio de que México volvería a tener una “zona franca” fue hecho por el presidente Andrés Manuel López Obrador el pasado 27 de noviembre, fecha en la que firmó el decreto que fue publicado este 30 de diciembre.

Aquel día se informó que los beneficios de los que gozarían los estados fronterizos del norte y sur del país serían la reducción del ISR al 20 por ciento, el IVA, a la mitad, la homologación de los precios de los combustibles y un incremento al salario mínimo en la frontera, estas dos últimas aplicable a 22 municipios que tienen frontera con Guatemala.

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