Empresarios piden vetar ley contra conductores ebrios en Quintana Roo

Alegan que la reforma del artículo 186 del Código Penal no es positiva y se presta a corrupción.

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Empresarios piden vetar ley contra conductores ebrios en Quintana Roo [Foto: Edgar Balam]
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Las cámaras empresariales pidieron al Gobierno del Estado vetar y no publicar en el Periódico Oficial de Quintana Roo la reforma del artículo 186 del Código Penal que sanciona con cárcel a las personas que manejen en estado de ebriedad, ya que consideran no es positiva y se debe negociar.

Eduardo Martínez González, presidente del Consejo Coordinador Empresarial del Caribe (CCE), señaló que es excesiva la reforma y considera que no se puede privar de la libertad a una persona y considerar como un delito una falta administrativa.

Dijo que, si bien, se debe multar e incluso llevar el vehículo al corralón como hasta ahora sucede no ven viable que sea un delito que amerite cárcel. Esa situación, advirtió, traerá una lluvia de amparos.

Respaldado por la Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (Canirac), el Observatorio Quintana Roo y la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), hicieron un llamado para solicitar una reunión con la secretaria de Gobierno, Cristina Torres, para iniciar mesas de trabajo con expertos en la materia.

Julio Villarreal Zapata, presidente de la Canirac Quintana Roo, señaló que se debe presentar información, estadísticas y las incidencias por conducir en estado de ebriedad en la entidad, que justifiquen tipificar como delito penal.

“Lo que nosotros tenemos que plantear es leer de nuevo la ley, la implementación. Que la instalación del alcoholímetro sea con visores ciudadanos para evitar corrupción, además de evaluar las pérdidas económicas en los negocios y trabajar en programas de prevención y concientización”, agregó.

Eduardo Galaviz Ibarra, presidente del Observatorio Quintana Roo, expuso que si bien se justifica la reforma, la modificación es excesiva ya que da pie a actos de corrupción, por ello es necesario conocer las estadísticas que justifiquen los seis meses a dos años de prisión a quienes conduzcan en estado de ebriedad.

“En el código penal ya existe el artículo 88 BIS de que cuando se da un accidente de tránsito, al conducir en estado de ebriedad y hay un accidente hay un castigo, es por ello que no vemos una justificación correcta”, agregó.

Coincidieron que los procesos en la Fiscalía General del Estado serán más lentos, además de que incentivará la corrupción de los cuerpos de Tránsito.

La reforma fue aprobada el pasado 5 de julio por el Congreso de Quintana Roo y sólo está pendiente su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

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