No se detendrá el tren por una persona que no le guste: Fonatur

Asegura el director de la dependencia que la cancelación no tiene sustento legal.

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Fonatur descarta la suspensión temporal del tren maya por no contar con sustento legal. (Foto: Paola Chiomante/Sipse)
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La suspensión provisional de las obras del proyecto de desarrollo Tren Maya, que abarca cinco estados del sureste mexicano, fue un acto con más fines políticos que ambientales, aseguró el director del Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur), Rogelio Jiménez Pons.

Alegó que la suspensión, de la cual aún no se ha recibido notificación formal, no tiene “sustento legal”, toda vez que las primeras licitaciones de la obra se plantearon como una “rehabilitación de la vía ya existente”.

No hemos recibido la notificación todavía, vamos a revisar todos los términos legales, pero de entrada digo que no tiene sustento, es una vía de operación, como si yo me amparo porque se va a reencarpetar una carretera”, dijo.

Aseguró que será una cuestión de interpretación y el Fondo Nacional de Fomento al Turismo se defenderá también por las vías legales.

“No se puede detener una vía de la nación que está en operación solo porque a una persona no le guste. Ahí están las actas donde dicen que el 97% de la gente está a favor”, insistió el funcionario.

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Jiménez Pons indicó que, hasta que no se reciba la debida notificación, se continuará con los trabajos y las licitaciones para el desarrollo del proyecto.

“Nosotros sabemos que está en el Juzgado, pero en términos estrictamente legales no hemos sido notificados. No queremos brincarnos las leyes, pero mientras no nos avisen, nosotros seguimos”, agregó.

La suspensión provisional en favor de integrantes del Consejo Regional Indígena y Popular de Xpujil (CEIPX) otorgada por el Juzgado Primero de Distrito con sede en Campeche, tiene alcances en todo el proyecto de desarrollo Tren Maya, que involucra a Quintana Roo, Yucatán, Tabasco y Chiapas.

En caso de violación a la suspensión, según la Ley de Amparo y el artículo 215 del Código Penal, se impondrá una pena de tres a nueve años de prisión, una multa de 50 a 500 días o la inhabilitación del servicio público hasta por nueve años.

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