¡Hasta medio millón de pesos! Advierten multas por no pagar el aguinaldo

La secretaria del Trabajo y Previsión Social estatal instó a los patrones a cumplir con los pagos, ya que las sanciones han incrementado.

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Advierten multas de hasta medio millón de pesos a quienes no paguen aguinaldos. (Foto: Alfredo Maya)
Advierten multas de hasta medio millón de pesos a quienes no paguen aguinaldos. (Foto: Alfredo Maya)
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El gobierno federal podrá imponer multas entre 192 mil a 500 mil pesos contra aquellos patrones que no paguen el aguinaldo, que es la prestación establecida por la Ley federal del Trabajo que se tiene que pagar a los trabajadores antes del 20 de diciembre.

Flor Ruiz Cosío, secretaria del Trabajo y Previsión Social estatal, señaló que recientemente se han incrementado las multas, por lo que instó a los patrones a cumplir con este deber.

"Las multas van de 192 mil a 500 mil pesos, por lo que es un exhorto a los patrones, ya que con la reforma a la Ley del Trabajo, se aumentaron las multas, por lo que ahora son cuantiosas y se recomienda a las empresas que paguen el aguinaldo. Esto ya es sabido por los patrones, sobre la obligación que tienen".

Aclaró que las sanciones por no pagar el aguinaldo las interpone el gobierno federal, pero la dependencia a su cargo pueden contribuir en la recepción de quejas, a través de las oficinas de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo o de la Dirección de Inspecciones.

"(Los afectados) pueden presentar una queja, ya sea de forma anónima o si quieren con su nombre, y se puede hacer, si es anónima, a través de la página de la Secretaría del Trabajo, que es www.sitps.gov. Ahí hay un buzón de quejas y se checa todos los días e inmediatamente de que se recibe se hace una inspección".

¿Cuánto es lo mínimo que me pueden pagar de aguinaldo?

La funcionaria recordó que las empresas deben de cumplir con el pago de aguinaldo a más tardar el 20 de diciembre, con un importe de mínimo equivalente al pago de 15 días, como lo establece la Ley Federal del Trabajo.

Sin embargo, hay contratos colectivos que establecen más días o también hay patrones que por voluntad pagan más de lo establecido en la ley, agregó.

Asimismo, la entrevistada aclaró que solo los trabajadores que pertenecen a los tres niveles de gobierno y organismos descentralizados y autónomos, pueden recibir el aguinaldo en dos partes, como lo establece el apartado B del art 123, debido a que el importe es mayor, por lo que se paga una parte en diciembre y otra en enero.

Ruiz Cosío anunció que se lanzará una campaña a través de redes sociales de las páginas oficiales del gobierno del estado y de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, una campaña para que todos los trabajadores estén informados de cuánto les corresponde y el plazo máximo en el que se les debe de pagar el aguinaldo. 

 

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