Imputado por extorsión podría ser encarcelado hasta 28 años

El fiscal del Ministerio Público reunió todas las pruebas necesarias para que el juez de control lo vinculara a proceso por el delito de extorsión.

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Juan C, fue detenido por el delito de extorsión y fue vinculado a proceso por un juez de control (Foto: Cortesía).
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Juan C, acusado y vinculado a proceso por un juez de control por el delito de extorsión en agravio de una persona de identidad reservada, podría pasar hasta 28 años de prisión, pena máxima que marca el Código Penal de Quintana Roo.

En el comunicado 244/2021-Z1 que emitió la Fiscalía General del Estado señaló que fiscales del Ministerio Público adscritos a la Fiscalía Especializada en Investigación de Secuestros en el municipio de Solidaridad, lograron que un juez vinculara a proceso al imputado antes señalado, por su probable participación en el delito de extorsión en agravio de una persona.

La dependencia señaló que las primeras investigaciones, la víctima -propietaria de un establecimiento comercial ubicado en la colonia Centro del Municipio de Solidaridad-, empezó a recibir mensajes de texto del ahora procesado.

El ahora imputado le exigió que, por “derecho de piso”, tendría que depositarle cierta cantidad de efectivo a una cuenta bancaria, la cual estaba a nombre de otra persona.

La agraviada denunció los hechos y con el apoyo de la información, obtenida de las entrevistas  de los testigos, elementos de la Policía de Investigación lograron detener a Juan “C”, el pasado 30 de noviembre.

Dictaron prisión preventiva oficiosa

Fiscales adscritos a la Fiscalía Especializada en Investigación de Secuestros incorporaron los datos de prueba a la carpeta de investigación, -los cuales fueron valorados por un juez-, quien dictó vinculación a proceso al imputado.

El juez le impuso al detenido la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa durante el tiempo que dure su proceso penal.

De acuerdo al Código Penal para el Estado de Quintana Roo, en su artículo 156, señala que A quien con ánimo de lucro para sí o para otro, obligare a otra persona, con violencia moral o intimidación, a realizar, omitir, o tolerar un acto o negocio jurídico en perjuicio de su patrimonio o del de un tercero, se le impondrá de 12 a 18 años de prisión, pero la penalidad podría llegar hasta los 28 años por algunas otras agravantes.

 (Con información de Fiscalía)

 

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