Pagarán con cárcel quienes negocien con predios irregulares en Cancún

Además, se impondrá una multa y se demandará la reparación de daños.

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Desde el pasado 13 de septiembre entraron en vigor las reformas a la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano. (Paola Chiomante/SIPSE)
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Alejandro Castro/SIPSE
CANCÚN, Q. Roo.- A partir de este año, la comercialización de desarrollos inmobiliarios en predios irregulares y sin las autorizaciones correspondientes serán castigadas con cárcel, con penas de tres y hasta siete años.

De acuerdo con las reformas al Código Penal de Quintana Roo, que entraron en vigor el pasado 13 de septiembre, además de la cárcel, se aplicarán sanciones de hasta 600 días multa y reparación de los daños a quien fraccione, parcele o incorpore terrenos sin cumplir los requisitos previstos en la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en su artículo 153.

El nuevo texto del Código Penal establece en el artículo 268 que comete delitos contra el desarrollo urbano aquel que autorice, promueva, induzca, organice o aliente la formación o construcción de asentamientos humanos irregulares.

En estos delitos se abarcan desde constructoras que, a sabiendas de la irregularidad, se publiciten o hagan promesas de compraventa hasta servidores públicos que en ejercicio de sus funciones expidan licencias sin que se cumplan los requisitos de Ley; en este último caso las sanciones alcanzan hasta los 12 años de prisión.

En las modificaciones aprobadas también añadieron cuatro fracciones al Artículo 268 correspondiente a los delitos contra el ambiente y la fauna.

Dichas normativas refieren que se impondrá multas de hasta nueve años de prisión a quien viole los usos de suelo establecidos en áreas naturales protegidas. También se aplicará hasta cinco años de prisión a quienes obtengan autorizaciones por parte de cualquier autoridad ambiental a través de información falsa o documentos alterados.

En cuestión de invasión de terrenos, según el artículo 159, la Secretaría de Desarrollo Territorial Urbano Sustentable (Sedetus) será la instancia encargada de interponer las denuncias.

En tanto, el Artículo 189 establece que se castigará con cárcel a aquel funcionario o fedatario que en un documento público haga constar la posesión de un terreno.

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