Bajo estas condiciones será trasladado Mario Villanueva a su casa en Chetumal

El exgobernador permanecerá en su vivienda solo el tiempo que se justifique el riesgo de contagio de COVID-19.

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El exgobernador de Quintana Roo, Mario Villanueva Madrid será trasladado hoy a su casa; actualmente se encuentra en el la Clínica Campestre de Chetumal. (Harold Alcocer/SIPSE)
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Chetumal.- Una lujosa casa de la calle Lobeira del exclusivo fraccionamiento “Andara Club Residencial”, de Chetumal, será la sede de confinamiento del exgobernador de Quintana Roo Mario Villanueva Madrid, que se espera abandone la Clínica Campestre de Chetumal, hoy. La permanencia en su vivienda es únicamente durante el tiempo que se justifique el riesgo de contagio del COVID-19.

“Teniendo en cuenta la naturaleza y entidad del peligro de que se aduce, la extraordinaria y relativamente transitoria situación sanitaria, particularmente en la entidad federativa en que se encuentra el quejoso, se estima procedente modificar la suspensión definitiva otorgada… para efecto de que sea trasladado temporalmente al domicilio particular”, señala el acuerdo del Quinto Tribunal Unitario con sede en Toluca, Estado de México.

La autoridad judicial detalla que la estancia de ex gobernador en ese domicilio, propiedad de su esposa Isabel Tenorio Romero, será bajo medidas de aseguramiento y sólo durante el tiempo que prevalezca el riesgo para la vida y no hasta que se resuelvan los recursos legales que mantiene contra la sentencia.

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El traslado deberá ser realizado por la Guardia Nacional que deberá designar elementos, vehículos, equipo y armamento.

El acuerdo dictado dentro del expediente de amparo 54/2019, también ordena un acta pormenorizada y un informe exhaustivo sobre el operativo, que deberá contener al menos, la individualización de todos los servidores públicos involucrados, desde datos personales y de los vehículos, incluyendo la ambulancia, así como de todos los particulares que intervengan.

Lo mismo será en el caso de las personas que estarán en la vivienda. Deberá asentarse en constancia haberles hecho saber que el artículo 150 del Código Penal Federal establece la pena de siete a 20 años de prisión para los responsables del delito de evasión de presos.

Previamente, las autoridades deberán inspeccionar el sitio para determinar que cumpla todas las condiciones de garantizar una vigilancia permanente, de no ser el caso de se notificará al Tribunal.

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