Problema vigente en FCP: Matrimonios con menores de edad
Se tratan de casos donde se ven involucrados menores de entre 15 y 17 años de edad.
Los matrimonios entre personas mayores de edad y menores siguen vigentes en Quintana Roo, sobre todo en la Zona Maya, donde la Oficialía del Registro Civil 01 de Felipe Carrillo Puerto ha atendido, hasta la fecha, más de 30 intenciones de contraer nupcias.
Se trata de casos donde se ven involucrados menores de entre 15 y 17 años de edad, de acuerdo con la información de las autoridades.
Verónica Paloma Yam, jefa del área municipal, expresó que, aunque los matrimonios de ese tipo son un delito catalogado en el Código Penal Federal, por razón cultural, en la zona maya todavía las personas buscan oficializar la relación a través de las nupcias.
“El matrimonio infantil es una realidad y nosotros como municipios, no estamos lejos de esto y precisamente se trata cuando una o un menor de 18 años de edad, contrae unión con una persona adulta, hemos tenido la intención de más de 30 parejas, quienes llegan para hacer los trámites”.
Expuso que, entre los casos vistos, se ha tratado de hombres de edades de 30 a 50 años que llevan una relación con adolescentes entre los 15 a 17, en el caso de los menores, van por consentimiento de los padres.
Sostuvo que esta situación se origina porque los padres no tienen la solvencia económica para seguir manteniendo a sus hijos, lo hacen por un interés. También ocurre porque los infantes “creen en el amor”, o porque los padres creen que es conveniente, tal como fue en sus tiempos.
De acuerdo con la funcionaria, el matrimonio infantil es el resultado de una arraigada desigualdad de género, lo cual afecta a las niñas de manera desproporcionada, despoja a las niñas de su infancia, y pone su vida y su salud en peligro, además de que corren un mayor riesgo de sufrir violencia doméstica.
El artículo 209-Quáter del Código Penal Federal señala que Comete el delito de cohabitación forzada de personas menores de dieciocho años de edad, quien obligue, coaccione, induzca, solicite, gestione u oferte a una o varias de estas personas a unirse informal o consuetudinariamente, con o sin su consentimiento, con alguien de su misma condición o con persona mayor de dieciocho años de edad, con el fin de convivir en forma constante y equiparable a la de un matrimonio.
“Al responsable de este delito se le impondrá pena de ocho a quince años de prisión y de mil a dos mil quinientos días multa”, señala la legislación federal.