¿Qué es la economía “neni”?
Esta economía produce 9.5 millones de pesos al día
La pandemia disparó los niveles de desempleo en todo el mundo y en México, la llamada “Economía Neni” -liderada por mujeres que comercian bienes y servicios por Internet o de manera presencial- permitió morigerar el impacto de aquella problemática.
José Ignacio Martínez Cortés, académico de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM y coordinador del Laboratorio de Análisis en Comercio, Economía y Negocios de la institución, explicó que la modalidad está muy enraizada en la cultura mexicana y que ahora hay empresas con buenos inventarios para quienes quieren vender al menudeo.
También indicó que la actividad le debe su nombre a que es común que clientas y vendedoras se hablen de una manera más cariñosa y que usen la palabra “nena” o “neni” para interactuar. La llamada 'economía neni' genera en México cerca de 9.5 millones de pesos al día por ventas, el especialista remarcó que alrededor de 13 millones de hogares de nuestro país tienen ingresos gracias a este tipo de comercio.
Subrayó que la pandemia de COVID-19 aumentó la relevancia de la 'economía neni'. "Hay personas que ya están profesionalizadas y han venido operando desde hace tiempo, pero otras más se han sumado debido a que ya no tuvieron un ingreso y la necesidad las orilló a ello". Detalló que los comercios de este tipo generan empleos, en general, para tres personas: para la empresa que vende un producto a una emprendedora, que a su vez lo ofrece a alguien más por medio de catálogo o de manera física.
Algunos negocios de la 'economía neni', no cuentan con un punto de venta fijo (como lo sería una tienda), por lo que muchas 'nenis' cargan con las entregas para sus clientes en el transporte público o servicios de mensajería. Es un autoempleo al que le dedican prácticamente las 24 horas del día, los siete días de la semana, sobre todo porque la principal forma de ofrecer la mercancía en estos tiempos de pandemia es por medio de las plataformas digitales".
JUEZ OTORGA SUSPENSIÓN DEFINITIVA A REFORMA ELÉCTRICA DE AMLO. Juan Pablo Gómez Fierro, Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, concedió el viernes pasado una suspensión definitiva a la reforma eléctrica impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador.
“La suspensión definitiva que se concede es para el efecto de que se suspenden todas las consecuencias derivadas del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la ley de la industria eléctrica”, señaló el magistrado.
“En este punto debe precisarse que los efectos de esta medida cautelar, a pesar de que se solicitó solamente por dos empresas que realizan actividades reguladas en el sector eléctrico, debe tener efectos generales”. Con esto, se paraliza de forma indefinida la reforma eléctrica publicada el 9 de marzo pasado.
El juez Gómez Fierro explicó que de otorgar una medida cautelar con efectos particulares, es decir, solamente para las quejosas, no solo estaría otorgándoles una ventaja competitiva frente a los demás particulares que se encuentran en su misma posición, sino que podría ocasionar distorsiones en la industria eléctrica, afectando la competencia y el desarrollo de dicho sector.
Al resolver dentro de los amparos 118/2021 y 120/2021, el juez estimó que la suspensión de los actos reclamados también tiene como finalidad asegurar la eficacia de una sentencia de amparo, impidiendo que se materialicen actos de imposible reparación. Agregó que el efecto del amparo se mantendrá hasta la terminación del juicio promovido. Por ello, requirió a la titular de la Secretaría de Energía para que dentro del plazo de tres días notifique la suspensión de la reforma eléctrica a todos los participantes del mercado eléctrico.
Las suspensiones concedidas son a favor de las empresas Eoliatec del Pacífico y Fuerza y Energía de Tuxpan. Aún están pendientes de resolver si se concede la misma suspensión para al menos 40 juicios promovidos contra la reforma promovida por López Obrador, de los cuales el juez Gómez Fierro tendrá que resolver en más de 20. El resto están en manos del juez Rodrigo de la Peza.
¿Qué pasos puede realizar el Gobierno tras esta decisión? Julia González Romero, consejera electa del despacho de abogados González Calvillo, comentó que la Secretaría de Energía tiene un plazo de 10 días para solicitar un recurso de revisión a esta suspensión. “De este recurso conocerá un tribunal colegiado especializado en la materia, quien tiene hasta 90 días para determinar lo conducente. Puede confirmar todo, o parte de la suspensión o puede revocar todo”, señaló.
El presidente Andrés Manuel López Obrador ha manifestado que a fin de que se aplique la nueva normatividad podría ordenar cambios en la Constitución. Al respecto, González explicó que para que se apruebe una reforma constitucional, se requiere el voto favorable de dos terceras partes de los senadores y diputados presentes, además de la aprobación de la mitad de más una de las legislaturas de las entidades federativas. Aclaró que, en el caso de la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica, 62 por ciento de los diputados votaron a favor y 37 por ciento en contra. En el Senado, 58 por ciento votaron a favor y 42 por ciento en contra, de tal forma que si esa tendencia se repitiera, la reforma constitucional no pasaría.