Airbnb pagará más Impuesto al Hospedaje que los hoteles

El impuesto se pagará una vez que las plataformas de hospedaje digital entreguen el registro de sus afiliados.

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Quintana Roo: Airbnb pagará más Impuesto al Hospedaje que un hotel. (Foto: Alfredo Maya)
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Con el registro de las plataformas digitales esperan que al menos 50 mil unidades que están identificadas en Quintana Roo comiencen a pagar el Impuesto al Hospedaje que para este sector será de 6%, por arriba de lo que paga un hotel convencional.

Bernardo Cueto Riestra, secretario de Turismo en Quintana Roo explicó que ya en acuerdo con el Sistema de Administración Tributaria de Quintana Roo (SATQ) establecieron las bases y una vez que entreguen el registro las aplicaciones de los anfitriones, estos deberán empezar a pagar el impuesto estatal, tal como ya deben hacerlo los centros de hospedaje desde este mes al 5%.

“Estamos trabajando de la mano con los municipios y el Servicio de Administración Tributaria, con ello reforzar que sea a través del registro estatal de turismo que se tenga la regulación de la actividad y poder ordenarla también ya que ahora no están pagando el Impuesto al Hospedaje”.

Por ello es necesario contar con un registro en el que se pueda determinar las unidades y anfitriones que están en Quintana Roo, dando así certeza y seguridad pero también, piso parejo con los centros de hospedaje.

Dijo que en la Ley de Ingresos del Estado se estipuló el pago de impuestos estatales en sus operaciones, quedando en 6%; mientras que en el caso de los hoteles será de 5%, cobro que comenzó a partir de este mes.

De acuerdo con la publicación del Periódico Oficial del Estado, las plataformas digitales deben enterar al SATQ, un padrón de anfitriones que rentan un espacio, aunque para ello, los llamados anfitriones deben contar con una licencia de funcionamiento para seguir operando y cumplir con las obligaciones fiscales ante las autoridades federales.

Para ello es necesario contar con el

  • nombre de quién está rentando,
  • denominación o razón social;
  • el registro Federal de contribuyentes;
  • el domicilio en el que se prestan los servicios de hospedaje; y
  • una licencia de funcionamiento por cada domicilio registrado.

 

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