Bisexualidad: facilitarán en Quintana Roo cambio de identidad de género en el acta de nacimiento

Bastará con la voluntad del ciudadano homosexual, bisexual o transexual para modificar ante el Registro Civil el género en su acta.

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(Foto: Pxhere Rodrigo Paredes)
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La iniciativa que reforma el Código Civil de Quintana Roo, para que las personas trasvestis, transexuales y tránsgenero puedan cambiar su identidad y género en su acta de nacimiento en el Registro Civil, avanza rumbo a su aprobación en el Poder Legislativo, tras su análisis en Comisiones el día de hoy.

Esta propuesta fue presentada por los diputados Edgar Gasca Arceo y Judith Rodríguez Villanueva, y pretende adicionar la sección séptima “Del levantamiento de acta por reconocimiento de identidad y género”, al  capítulo noveno del título tercero del Código Civil estatal.

“Lo que buscamos es eliminar las trabas burocráticas que impiden a las personas definir de manera legal el género con el que se sienten identificados. Cabe recordar que apenas el 8 de septiembre pasado África Elizabeth se convirtió en la primera mujer tránsgenero en registrar su nueva identidad en Quintana Roo, pero esto lo logró sólo porque promovió un amparo que requirió dinero, esfuerzo y tiempo”, mencionó Gasca Arceo.

Suprema Corte de Justicia reconoce el derecho a la identidad de género homosexual, bisexual y trans

Añadió que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya emitió una jurisprudencia al respecto, dando reconocimiento al derecho a la identidad de género, ya que algunas personas no se identifican con el sexo con el que nacieron.

“Por supuesto que este tema tiene demasiadas implicaciones en el tema legal, ya que cambiar tu acta de nacimiento también significa una nueva credencial de elector y una nueva identidad. En la reunión de comisiones de hoy analizamos casos en donde esta situación puede ser utilizada con fines delictivos o para evadir a la justicia”.

“Por eso determinamos que el Registro Civil Estatal debe dar un seguimiento a este cambio, además de que la credencial de elector, aunque registre un nuevo nombre y un cambio de sexo, mantenga el mismo folio y CURP”, señaló el legislador.

Bastará con la voluntad de la persona para hacer el cambio de identidad de género

Explicó que con esta reforma no será necesario que la persona que solicite una nueva acta de nacimiento, se realice operaciones para cambio de sexo: bastará con su voluntad de querer modificar su identidad de hombre a mujer o viceversa.

El diputado presidente de la Comisión Legislativa de Salud expresó que en 15 días se realizará un foro abierto con asociaciones civiles e integrantes de la comunidad LBTTTIQ,  para ampliar los alcances de esta propuesta, la cual espera sea aprobada a finales de octubre.

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