Policías revisan ilegalmente a turistas en playa ‘Mamitas’

Al cuestionarlos del porqué, los elementos señalaron que eran revisiones de rutina.

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Octavio Martínez/SIPSE
PLAYA DEL CARMEN, Q. Roo.- De manera sorpresiva, elementos de la Policía Municipal se presentaron al mediodía de ayer a realizar revisiones ilegales a las personas que estaban en playa Mamitas, bajo el argumento de ‘sospecha’.

Lo anterior levantó una serie de quejas entre bañistas que presenciaron dicho acto, quienes aludieron que debido a que es quincena es cuando se presentan más seguido los uniformados.

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Según el hecho que se constató ayer, un grupo de bañistas en la entrada del popular balneario, fueron revisados en sus pertenencias, ante el cuestionamiento del motivo para realizar este escrutinio, los policías respondieron que eran revisiones de rutina.

Prestadores de servicios turísticos, quienes prefierieron omitir sus nombres, mencionaron que esta no es la primera vez que ocurren hechos similares.

“Solo vienen a ahuyentar el turismo, no hay necesidad de revisar a la gente cuando sin motivo, solo por el hecho de que los ven sospechosos de realizar algún desmán. Lo importante es que estén a tiempo cuando verdaderamente sucede algo y es cuando brillan por su ausencia”, señaló el prestador de servicio turístico.

La ley no lo permite

Al respecto, Martín Guadalupe Estrada Sánchez, director de Seguridad Pública y Tránsito, comentó que investigará el hecho, pues estas revisiones carecen de sustento y atentan contra las garantías de los ciudadanos.

Hay que recordar que en marzo de 2015, en  la misma playa sucedió el caso de una detención, al parecer arbitraria, por parte de los policías municipales en contra de una mujer; según lo documentado en un vídeo, se aprecia como esta persona se hace de palabras con los agentes y luego es esposada, todo ante la mirada de otros turistas.

El artículo 16 constitucional, habla explícitamente acerca de la protección de los ciudadanos para no ser revisados de tal manera a pesar de la presencia de una autoridad: “Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento”.

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