Trabajadores del hogar en Quintana Roo podrán exigir derechos ante IMSS
Los trabajadores pueden presentar sus quejas a través de la página web 'Denuncias de Personas Trabajadoras del Hogar'.
Las personas trabajadoras del hogar en México podrán exigir sus derechos. Ahora tienen la posibilidad de reportar el incumplimiento de sus empleadores en el registro ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Javier Cruz Rivera, Jefe de Servicios de Afiliación y Cobranza del IMSS en Quintana Roo, explicó que los trabajadores pueden presentar sus quejas a través de la página web "Denuncias de Personas Trabajadoras del Hogar" o acudir a la subdelegación más cercana para regularizar su situación.
Cabe señalar que el gobierno federal estableció en noviembre de 2022 la obligación de inscribir a las personas trabajadoras del hogar ante el IMSS, con el fin de garantizar que tengan acceso a los mismos beneficios de seguridad social que otros trabajadores en el país.
De acuerdo con el boletín, hasta el 30 de junio de este año, solo 347 personas trabajadoras del hogar han sido registradas en Quintana Roo, a pesar de que se estima que más de 35 mil personas se dedican a este tipo de trabajo en la región.
Beneficios del registro de trabajadores del hogar
El registro proporciona a las personas trabajadoras del hogar y sus beneficiarios (cónyuge o concubina(o), hijos, padres) acceso a una variedad de servicios, incluyendo:
- Atención médica, hospitalaria, medicamentos.
- Seguros por incapacidad debido a enfermedad general o accidente de trabajo.
- Invalidez o defunción.
Además, el registro permite la generación de un ahorro para el retiro y el acceso a guarderías para el cuidado de los hijos.
Los empleadores también deben hacer aportaciones al INFONAVIT, lo que facilita a los trabajadores del hogar la adquisición de créditos para vivienda o la aportación a créditos preexistentes.
Cruz Rivera hace el llamado a los patrones para que cumplan con esta obligación en beneficio de sus empleados. Para consultas adicionales, se recomienda visitar el sitio web oficial del IMSS aquí o acercarse a la subdelegación local.
El artículo 239-A de la Ley de Seguro Social define a las personas trabajadoras del hogar como aquellas que realizan tareas domésticas remuneradas que benefician económicamente al empleador, sin importar si viven o no en el lugar de trabajo.
¿Quiénes son consideras ‘personas trabajadoras del hogar’?
De acuerdo con el artículo 332 de la Ley Federal del Trabajo, establece quienes no son se considera persona trabajadora del hogar a:
- Aquellas pernas que realice trabajo del hogar únicamente de forma ocasional o esporádica.
- Aquellas personas que presten servicios de aseo, asistencia, atención de clientes y otros semejantes, en hoteles, casas de asistencia, restaurantes, fondas, bares, hospitales, sanatorios, colegios, internados y otros establecimientos análogos.
Con información de IMSS.