Veda electoral: Inicia suspensión de propaganda para medios en Quintana Roo

En caso de incumplimiento, la ley establece sanciones administrativas por parte del Instituto Electoral.

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Veda electoral Inicia suspensión de propaganda para medios en Quintana Roo [Foto: By Canva]
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La Consejera y Presidenta de la Comisión Jurídica, María Salomé Medina Montaño, anunció la suspensión de la difusión de propaganda gubernamental en los medios de comunicación durante el periodo electoral en Quintana Roo, comprendido del 01 de marzo al 29 de mayo.

Esta medida se extiende hasta la conclusión de la jornada comicial y tiene como objetivo garantizar la imparcialidad en el proceso electoral próximo a celebrarse el domingo, 2 de junio.

María Salomé señaló explícitamente que durante el periodo electoral federal y local en Quintana Roo, que la medida de suspensión a la difusión de toda propaganda gubernamental es obligatoria para los poderes federales, estatales, municipales y otros entes públicos.

Veda electoral Inicia suspensión de propaganda para medios en Quintana Roo [Foto: Cortesía]

¿Qué pueden difundir los medios de comunicación?

La Consejera aclaró que en esta medida quedan exentas las campañas de información de:

- Autoridades electorales.
- Servicios educativos.
- Servicios de salud.
- Servicios de Protección Civil (en caso de ser necesarios).

Medina Montaño destacó que esta disposición, derivada del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, busca garantizar que la propaganda gubernamental tenga un carácter institucional y fines informativos, educativos y de orientación social, sin promover la imagen personalizada de servidores públicos.

Asimismo, señaló que durante la veda electoral, que incluye los 3 días previos a la elección 30, 31, 1 de junio y el día de la jornada electoral, también se restringe la propaganda gubernamental, exceptuando los casos mencionados anteriormente.

¿Qué pasa si violan la veda electoral?

En caso de incumplimiento, el artículo 400 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el estado de Quintana Roo establece sanciones administrativas por parte del Instituto Electoral de Quintana Roo.

En cuanto a los programas sociales, Medina Montaño advirtió que utilizar recursos públicos con fines electorales puede constituir un delito electoral, sujeto a sanciones penales.

Sin embargo, aclaró que los programas sociales deben continuar su operación normal, sin entregas masivas que puedan interpretarse como acciones con connotación electoral.

Finalmente, la Consejera y Presidenta de la Comisión Jurídica recordó que los servidores públicos tienen derecho a participar en actividades proselitistas fuera de su jornada laboral y días hábiles, siempre y cuando no utilicen recursos públicos para tales fines.

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