Ya me bajaron mi aguinaldo
La Ley del Seguro Social prevé que, los pensionados de la llamada generación transición...
La Ley del Seguro Social prevé que, los pensionados de la llamada generación transición, reciban en el mes de noviembre, un aguinaldo anual, el cual se entrega junto con el depósito de la pensión.
La generación transición está integrada por todos aquellos trabajadores que al treinta de junio de 1997, estaban dados de alta y cotizaban al Seguro Social, al trabajar en una empresa de la iniciativa privada.
Los trabajadores que se dieron de alta al IMSS, a partir del uno de julio de 1997, se les conoce con el nombre generación Afore.
Los trabajadores generación transición y los trabajadores generación Afore, al pensionarse tienen derechos no iguales.
Por ejemplo, los trabajadores en transición (los que empezaron a cotizar al IMSS estando vigente la Ley 1973), al pensionarse, tienen derecho a recibir pensión; atención médica de por vida; asignaciones familiares (de tener beneficiarios legales); ayuda asistencial, cuando así corresponda; y un aguinaldo anual, el cual se entrega en el mes de noviembre de cada año, junto con la pensión.
Sin embargo, existe la creencia, en una gran cantidad de pensionados que, el aguinaldo a recibir debe corresponder a una cantidad igual a la pensión mensual que se recibe y ello no es así.
Dice la Ley del Seguro Social que la pensión de invalidez, vejez o de cesantía en edad avanzada, da derecho al disfrute de un aguinaldo anual, sin incluir, las asignaciones familiares y/o la ayuda asistencial, que en su caso se estuviere recibiendo.
Con la precisión anterior, queda claro que, el aguinaldo es una cantidad menor al mes de la pensión que se reciba.
Mire, si a un trabajador se le determina, de acuerdo con su edad de retiro, semanas cotizadas y salario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas, una cuantía básica de pensión de $10 mil pesos y tiene por beneficiario legal a su esposa o concubina, a la cuantía de pensión indicada se le debe de agregar, de acuerdo con la Ley, un 15% más por concepto de asignación familiar, por todo el tiempo que su esposa o concubina viva.
Entonces, si a la cuantía de la pensión se le agrega el 15%, por tener beneficiario esposa o concubina, la pensión mensual que le corresponda será de $11 mil 500 pesos.
Pero, como el aguinaldo no debe de incluir el importe de las asignaciones familiares, es preciso descontarle a la pensión, la cantidad de un mil 500 pesos.
Por consecuencia, tal y como lo dijo un lector “ya me bajaron mi aguinaldo, solo me llegó $10 mil pesos”, la cantidad recibida está correctamente determinada, conforme a la Ley.
Así que, todos tranquilos y a no angustiarnos pues el IMSS, sí ha calculado correctamente, nuestro aguinaldo.