Alerta de violencia de género
Varias voces se han pronunciado a favor de que en Quintana Roo se emita la alerta de violencia de género...
Varias voces se han pronunciado a favor de que en Quintana Roo se emita la alerta de violencia de género, por la muerte de varias mujeres en lo que va del presente año.
La Alerta de Violencia de Género son las acciones de emergencia implementadas por un gobierno para enfrentar y acabar con la violencia feminicida. Contempla desde protocolos de investigación sobre feminicidios hasta programas de prevención y reformas para eliminar la desigualdad en la legislación y política pública que atentan contra los derechos humanos de mujeres y niñas.
Requisitos para decretar una alerta de género
1.- Objetivo. Se trata de garantizar la seguridad de las mujeres, el cese de la violencia en su contra y eliminar las desigualdades producidas por la existencia de un agravio comparado a través de acciones gubernamentales federales y de coordinación con las entidades federativas para enfrentar y erradicar la violencia feminicida en un territorio determinado, en términos del capítulo v, título II, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
2.- Emisor. De conformidad con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, es facultad exclusiva del gobierno federal, a través de la Secretaría de Gobernación, declarar la alerta de violencia de género y notificar la declaratoria al Poder Ejecutivo de la entidad federativa de que se trate.
3.- Supuestos. De acuerdo al Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la solicitud de investigación sobre la procedencia de declaratoria de alerta de violencia de género sólo podrá ser admitida, para ser puesta a consideración del sistema cuando en la misma se afirme la totalidad:
Que existe violencia sistemática contra las mujeres.
Que dicha violencia se traduce en delitos del orden común contra la vida, la libertad, la integridad y la seguridad jurídica de las mujeres y existe un contexto de impunidad o permisibilidad social, o que existe un agravio comparado que impide el ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres y que la violencia proviene de un conjunto de conductas misóginas que perturban la paz social.
4.- Solicitud. De acuerdo a la reglamentación, la solicitud de investigación sobre la procedencia de la declaratoria de alerta de violencia de género sólo deberá ser presentada por:
Los organismos de derechos humanos a nivel nacional o de las entidades federativas y los organismos de la sociedad civil o los organismos internacionales.
5.- Procedimiento. Para declarar la alerta de violencia de género se debe solicitar por escrito ante la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional, directamente o a través del servicio postal mexicano, quien lo hará del conocimiento del sistema.
6.- Revisión. Para emitir la declaratoria de alerta de violencia de género es necesario acreditar que en un determinado territorio existe una perturbación de la paz social, que derive directamente de la comisión de delitos del orden común contra la vida, libertad, seguridad e integridad de las mujeres, atribuibles a una cuestión de género o una conducta misógina que conlleven impunidad y culminen en feminicidios, así como un reclamo social aunque algunos dicen que la alerta de género, es una herramienta ineficaz para detener los asesinatos de mujeres.