Amparos contra la contabilidad electrónica
Un gobierno democrático es el único en el que los que votan por un impuesto pueden escapar a la obligación de pagar...
Un gobierno democrático es el único en el que los que votan por un impuesto pueden escapar a la obligación de pagar.
Alrededor de mil 500 empresas promueven amparos contra la entrada en vigor de los nuevos requerimientos de contabilidad electrónica exigidos por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
El amparo se basa en la violación de los derechos fundamentales de las empresas, principalmente legalidad y seguridad jurídica, en virtud de que por la contabilidad electrónica se genera la posibilidad de muchos actos arbitrarios por parte de la autoridad fiscal, y además que de alguna manera las empresas se encuentran permanentemente en auditoria vía digital.
Cita el Artículo 16 de la Constitución política: nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.
La autoridad administrativa podrá practicar visitas domiciliarias únicamente para cerciorarse de que se han cumplido los reglamentos sanitarios y de policía; y exigir la exhibición de los libros y papeles indispensables para comprobar que se han acatado las disposiciones fiscales, sujetándose en estos casos, a las leyes respectivas y a las formalidades prescritas para los cateos.
Este nuevo requisito en el que los contribuyentes tendrán que subir la contabilidad al portal del SAT y conozcan exactamente sus pólizas de diario, cheques e ingresos, violenta el Artículo 16 constitucional.
El plazo para la entrada en vigor de esta medida implicará que a partir de enero sea obligatorio subir la información contable al portal del SAT.
A este respecto, el martes pasado salió un proyecto de modificación a la miscelánea fiscal, posponiendo la obligación de presentar la contabilidad hasta enero del año entrante para todas las personas morales que estaban obligadas a hacerlo a partir de octubre de este 2014.
¿Qué quiere decir esto? Que el 25 de enero de 2015 las empresas van a tener la obligación de presentar la contabilidad de julio a diciembre de 2014 en el sistema del SAT, en los formatos digitales que se piden.
Estos amparos seguramente van a llegar hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que decidirá si se violan o no derechos constitucionales y cómo se debe de enmendar esta ley.
A pesar de la prórroga que recorre la obligatoriedad hasta enero de 2015, el término para el amparo sigue siendo este lunes, que vence la primera oportunidad de presentar el amparo, esto en la cuestión autoaplicativa, dado que se tienen 30 días hábiles después de que entró en vigor la obligación, y a pesar de que la pospusieron, la fecha de la Ley sigue siendo la misma; la segunda oportunidad de presentar amparo será hasta enero de 2015, esto en la cuestión hetereoaplicativa, 15 días después de que se suba o se cumpla la obligación por primera vez.