La Constitución reordenda

Los expertos de la UNAM llegaron a la conclusión de que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se ha convertido en un texto desordenado...

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En julio de 2015, el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (Iijunam) propuso al Congreso una revisión técnica y una reordenación del texto de nuestra Constitución.

Los expertos de la UNAM llegaron a la conclusión de que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Cpeum) se ha convertido en un texto desordenado, poco sistemático, muy detallado y que, entre otras complicaciones, hace difícil poder estar al día de todos sus cambios.

Hasta julio de 2015 cuando se hizo la propuesta, el texto original de la Constitución de 1917 había tenido 642 cambios y se dice que a la fecha ya ha sumado 700. En el estudio se aprecia que fue en las administraciones de Felipe Calderón y Enrique Peña cuando se dieron más cambios, 17% y 14% del total de las reformas en todo el siglo, pero la oleada de modificaciones se inició con Miguel de la Madrid, en 1982, y corresponde al inicio de la liberalización de mercados que se impuso a nivel mundial.

Según el estudio, los temas que más se han modificado en la Cpeum son, entre otros: sistema electoral y representativo (federal y local); derechos fundamentales individuales y sociales y sus medios de protección; derechos y autonomía de los pueblos indígenas; propiedad y justicia agrarias; transparencia y acceso a la información pública gubernamental; sistemas de justicia penal y seguridad pública; presupuesto, control del gasto público y rendición de cuentas; rectoría del Estado sobre el desarrollo nacional y sistema de planeación democrática y explotación de recursos energéticos y empresas productivas del Estado.

La idea es mantener los contenidos y dejar intactos los artículos emblemáticos como el 1º , 3º, 14, 16 y 20, que tienen las principales garantías de legalidad y de la justicia penal; el 27 sobre la propiedad y el dominio original de la nación; el 123, los derechos de los trabajadores, y el 130, que se refiere a las relaciones del Estado con las comunidades religiosas.

La novedad, aunque se toma de lo que ya se hace en otro países como España, es crear una nueva ley de desarrollo constitucional a la cual se trasladaría la mayor parte de los aspectos, abundantes y muy detallados de la Constitución. Sería en esta ley especial en donde se harían posteriores reformas de acuerdo con un procedimiento, un tipo de ley constitucional de la cual ya hablaba Mariano Otero.

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