Derechos laborales de las madres

La Organización Mundial de la Salud recomienda el mantenimiento de la lactancia exclusiva...

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La Organización Mundial de la Salud recomienda el mantenimiento de la lactancia exclusiva durante los primeros seis meses del bebé y su continuación durante al menos dos años. Sin embargo, muchas madres no conocen la legalidad y sus derechos para poder conciliar la lactancia de su hijo con su puesto de trabajo. Los derechos de las mamás se encuentran en la Ley federal del trabajo y en la Ley Orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Las madres que se reincorporan al trabajo después de la baja maternal tienen derechos laborales que las protegen a ellas y a sus bebés. Reducciones de jornada, bajas compartidas, permiso de lactancia, excedencias.

Los derechos laborales de las madres son una pieza imprescindible de la conciliación de la vida laboral y familiar. 

Puede tomar las primeras seis semanas a tiempo completo y las siguientes a tiempo parcial. De esta forma, las 10 semanas restantes se transforman en 20 trabajando durante este tiempo la mitad de la jornada laboral.

La ley contempla la posibilidad de acumular horas de lactancia en jornadas completas, lo que supone entre 15 y 30 días seguidos que se añaden al permiso maternal.

Cuando en el trabajo de la madre hay agentes o sustancias que pueden contaminar la leche, la madre tiene derecho a cambiar su puesto de trabajo por otro compatible con su situación.

Si no es posible, el contrato se suspende y se volverá a incorporar cuando el bebé tenga nueve meses. Durante este tiempo cobrará la prestación por riesgo durante la lactancia, que es el 100 % de su cotización.

Si la separación está resultando más dura de lo esperado, siempre queda la opción de solicitar una excedencia por cuidado de hijo hasta que cumpla tres años. Durante el primer año se reserva el puesto de trabajo y, después, uno de la misma categoría.

La licencia por maternidad de 84 días/12 semanas es completamente pagada. Se paga a través de la Seguridad Social, la cual es financiada por los trabajadores, empleadores y contribuciones del Estado. Con el fin de verse beneficiada económicamente, la trabajadora debió de haber contribuido por al menos 30 semanas durante los 12 meses anteriores al comienzo de este pago. En el caso de una extensión de licencia por problemas en el embarazo y en el nacimiento, las trabajadoras tienen derecho al 50% de su salario por un periodo no mayor a 60 días.

Servicio médico gratuito, en el caso de embarazo, el Instituto del Seguro Social proporciona a las mujeres la atención obstétrica durante el embarazo, el parto y el periodo post-natal.

En el artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo se mencionan los derechos que gozan todas las mujeres embarazadas, tales como: 

Durante el periodo del embarazo, no se realizarán trabajos que exijan esfuerzos considerables y que signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación, tales como levantar, tirar o empujar grandes pesos, que produzcan trepidación, estar de pie durante largo tiempo o que actúen o puedan alterar su estado psíquico y nervioso.

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