Excluidas del paraíso
Las trabajadoras domésticas se encuentran en total indefensión en cuanto a sus derechos fundamentales...
Doña Eusebia T., mayablante de la comisaría de Yaxcopoil, Umán, por medio de su hijo me hace llegar sus recelos a causa de la argucia laboral efectuada por su empleadora; según ella, durante veinte años laboró como trabajadora doméstica remunerada en la casa de su hoy detractora; aseaba la casa, cocinaba, cuidaba a los niños, lavaba ropa, planchaba y la hacía hasta de jardinera.
Cuando pidió aumento de salario, la señora, de familia acomodada, además de negarle el aumento salarial, la acusó de robarle algunas de sus joyas. Su ex patrona, haciendo acopio de gran misericordia, le exige seis mil pesos a cambio de no denunciarla penalmente. Ella niega solemnemente ser culpable, sus hijos han acudido en su ayuda y están juntando el dinero para evitarle las penas a su madre.
Lo que doña Eusebia no sabe es que, como ella, miles de mujeres indígenas mayas llegan diariamente de municipios aledaños o lejanos a realizar el trabajo ubicado en los últimos niveles de vulnerabilidad laboral.
Las trabajadoras domésticas se encuentran en total indefensión en cuanto a sus derechos fundamentales. Excluidas de toda garantía social, prestan sus servicios en hogares de terceros, en donde son excluidas de todo bienestar en razón de su género, etnia, nivel educativo y situación de precariedad económica, entre otros.
La discriminación es notoria con los adjetivos peyorativos usados en su persona: la gata, la criada, la chacha, la sirvienta, y otros que las inventivas despectivas colocan a estas trabajadoras que permiten a sus empleadoras realizar sus trabajos profesionales, empresariales o de ocio. El estigma propio de estas mujeres es que son ladronas por necesidad, madres solteras por vocación, solapadoras de maridos flojos, por amor y aprovechadas con la buena voluntad de sus patronas.
Como doña Eusebia, las trabajadoras domésticas laboran sin un contrato laboral de por medio, están sujetas a horarios que son dictados por sus empleadoras, sin vacaciones, reparto de utilidades, aguinaldo justo y sin seguridad social que ampare accidentes, enfermedades y vivienda digna. En la Ley Federal de Trabajo, con paternalismo inusitado, los artículos 337 y 338 conminan a los empleadores a casi ser buenos samaritanos con sus prójimas servidoras. En la vida real los patrones de estas mujeres actúan con otra realidad.
La depreciación como ser humano que sufren estas mujeres es tangible. Saben que son excluidas en todos los órdenes y culpan de ello a sus bajos niveles educativos, a la falta de oportunidades, a su condición indígena; al final sólo se atreven a decir: nacer mujer es un pecado.