Funcionarios: preciso desentrañar

Se dice que los funcionarios públicos tienen señaladas sus funciones en la Constitución y en las leyes y los empleados en los reglamentos.

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Los empleos públicos pertenecen al Estado; no son patrimonio de particulares. Ninguno que no tenga probidad, aptitudes y merecimientos es digno de ellos.- Simón Bolívar

En nuestra Constitución Política federal son varios los artículos que no distinguen quiénes son empleados y funcionarios públicos. Es lógico pensar que no todos los empleados públicos son funcionarios, empero sí todos los funcionarios del Estado son empleados públicos. Esta falta de precisión por parte del constituyente mexicano ha generado una serie de problemas hermenéuticos o interpretativos para dilucidar estas diferencias. En muchos procesos administrativos y legales este problema se presenta con frecuencia y origina interpretaciones diversas por parte de los órganos encargados de dirimir estas controversias.

Algunos tratadistas han hecho esfuerzos por llegar a consensos en torno a estas imprecisiones, mediante parámetros jurídicos para determinar la división entre funcionarios y empleados públicos. El primero tiene que ver con la duración del empleo:  los funcionarios están de paso en el cargo y  los empleados tienden a ser permanentes; si bien esto es cierto, no es del todo exacto, ya que hay funcionarios que tienen muchos años en los cargos. 

El segundo apela al ingreso: los que perciben mejores remuneraciones son funcionarios; los empleados obtienen menos; esta distinción es una de las más objetivas, empero habría que determinar a partir de qué cantidades son funcionarios.
La tercera diferencia es en relación con el tipo de derecho que los rige, si es de derecho público es funcionario, pero si es de derecho privado, es empleado; también es cierto que los empleados llevan en ocasiones funciones regidas por el derecho público y no por esto son funcionarios. 

La cuarta es la que refiere que los funcionarios públicos tienen la facultad de tomar decisiones fundamentales, mientras que los empleados obedecen órdenes; también es imprecisa, ya que hay funcionarios que toman todas las decisiones y quienes, debiéndolas tomar,  las reciben. 

Se dice que los funcionarios públicos tienen señaladas sus funciones en la Constitución y en las leyes y los empleados en los reglamentos. Empero tampoco es totalmente válido, ya que hay reglamentos que señalan tareas propias de funcionarios.

El panorama es complejo y  se resolvería si  el constituyente permanente define con precisión en la Carta Magna quiénes son empleados y quiénes funcionarios o que  la Corte lo haga, intentando desentrañar el espíritu de la Constitución.

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