Invento

Hay algunos que son anchos, otros angostos, también hay altos y chaparritos, existen unos largos y otros cortos...

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Hay algunos que son anchos, otros angostos, también hay altos y chaparritos, existen unos largos y otros cortos, algunos están bien señalizados, otros no, algunos son de concreto hidráulico y otros de asfáltico, unos están pintados y otros llevan integrado el color al material, ninguno cuenta con iluminación especializada, conozco uno que ya cuenta con semáforo. Se trata de un invento yucateco llamado “paso peatonal”.

Si Alzheimer no se encariña conmigo, creo recordar que la primera vez que los vi aparecer por las calles de Mérida fue cuando se construyó la Av. Correa Rachó, en la colonia Díaz Ordaz, que contaba con numerosos de ellos. En ese entonces, ante la falta de costumbre de los meridanos para convivir con esa innovación vial, las intempestivas frenadas o de plano los saltos y posteriores caídas de los vehículos que no alcanzaban a reducir su velocidad fueron dañando el pavimento, lo que le valió a dicha arteria el nada honroso apodo de “avenida chuchul”.

Se dice que fueron establecidos como medida para proteger al peatón, tengo serias dudas si al paso de los años han cumplido con este cometido o si han sido la mejor o más eficiente forma de hacerlo. En ciertos casos es una remembranza de un accidente, ya que, después de ocurrido, se han reunido los vecinos para exigir a las autoridades su construcción. Y ciertamente representan un obstáculo para la eficiente movilidad de los vehículos, creo que existen formas más inteligentes de proteger a los peatones, sin entorpecer.

El Reglamento vigente de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Yucatán define el “paso peatonal” como la sección de la vía pública delimitada o construida sobre la superficie de rodamiento, destinada al paso exclusivo de peatones y señalizada como tal. Además, el Art. 324 en su fracción VI, señala que son áreas situadas a desnivel sobre la superficie de rodamiento de color rojo y amarillo, en donde los conductores deberán efectuar alto total y reanudar su marcha con precaución.

El Artículo 169, fracción VII, señala que es obligación de los peatones utilizar los puentes y pasos peatonales que existan en las vías públicas, y, en su caso, señalar a los conductores con el brazo extendido su intención de cruzar sobre el paso peatonal.

Jamás he visto a nadie hacer esa indicación. Por el contrario, hay sitios en donde normalmente se encuentran congregadas una gran cantidad de personas sin intención de cruzar, y de repente alguna decide hacerlo sin previo aviso, poniéndose a sí misma en situación de peligro. Entre la Gran Plaza y el Museo, existen 4 muy cerca uno de otro, y aún así, muchas personas cruzan la arteria donde no lo hay, exponiéndose.

Me parece que, a varios años de su existencia, debe revisarse si el balance entre virtudes y defectos deja un saldo positivo y, en caso de que así sea, entonces quizá sea momento de mejorar notablemente sus especificaciones, reglas de uso, sitios apropiados para colocarlos, estandarizar la señalización y que siempre sea completa, dotarlos de iluminación específica, en suma: mejorar el invento. ¿No crees?.

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