De juez inanimado a juez proactivo (1)

En los últimos años nuestro sistema jurídico ha transitado de ser un Estado Legal a uno Constitucional.

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El no versado en temas jurídicos quizá pudiera creer que es lo mismo hablar de un Estado Legal de Derecho que de un Estado Constitucional de Derecho. Sin embargo, esto no es así. Son situaciones muy diferentes. En los últimos años nuestro sistema jurídico ha transitado de ser un Estado Legal a uno Constitucional. Veamos en qué consisten esas diferencias.

Uno de los aspectos que ha determinado esa transición es la constitucionalización de nuestra vida social. Existe una tendencia a constitucionalizar casi toda la vida nacional. Con esto se pretende resolver gran parte de nuestros problemas. Se pasa del Imperio de la Ley al Imperio de la Constitución, es decir, esta norma fundamental es garantizada por los diferentes medios que procuran su control: las acciones y las controversias constitucionales, el juicio para la defensa de derechos políticos y el de la revisión constitucional.

Otro aspecto insoslayable es la ubicación jerárquica entre la Constitución, los Tratados o Convenciones Internacionales y las Leyes Federales, es decir, ¿qué pasaría si alguno de estos instrumentos contradice al otro o entrara en conflicto?, ¿cuál de los dos imperaría? Actualmente tanto la Constitución como los Tratados Internacionales, relacionados con derechos humanos, tienen la misma jerarquía. No así las leyes federales que estarían debajo de ambos. También el sistema jurídico se convencionalizó, o sea, junto con la Constitución son los tratados y convenciones internacionales los que juegan un papel protagónico en el sistema.

Anteriormente el trabajo de los jueces, era pasivo, inanimado; ahora es proactivo, lo que significa que todos los juzgadores deben garantizar el respeto y tutela de los derechos humanos. Los jueces transitaron de ser meros jueces de la legalidad a ser, como los son hoy, jueces de la constitucionalidad y por ende de la convencionalidad.

En el antiguo Estado Legal de Derecho, la ley y la justicia eran, si no lo mismo, casi lo mismo. El legislador era quien proclamaba “la verdad de las cosas”. En virtud de lo anterior la ley era la fuente más importante del derecho. Existía un poder judicial débil y un poder legislativo fuerte. En cambio, en el Estado Constitucional de Derecho, el juez juega un rol de trascendental importancia, por lo que la   jurisprudencia y la interpretación jurisprudencial cobran valor. Ya no es la ley la fuente más importante, ahora son la jurisprudencia, las sentencias o resoluciones judiciales y, en consecuencia, toman relevancia los llamados: Principios Generales del Derecho. Ahora hay un Poder Judicial fuerte y un Poder Legislativo mermado.

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