La Suprema Corte y el triunfo de los malos policías
En estos años, letra por letra, amparo por amparo, han ido socavando la idea que el mal policía se debe ir a su casa.
Tan solo en una semana de junio pasado el sistema de justicia federal en la Ciudad de México recibió 114 amparos de policías federales, dependientes de la Comisión Nacional de Seguridad, y ministeriales, dependientes de la Procuraduría General de la República, todos quejándose por el procedimiento de control de confianza al que deben someterse, de sus resultados o de sus consecuencias.
Desde 2008 la Constitución dice: “Los agentes del Ministerio Público, los peritos y los miembros de las instituciones policiales de la Federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios, podrán ser separados de sus cargos si no cumplen con los requisitos que las leyes vigentes en el momento del acto señalen para permanecer en dichas instituciones, o removidos por incurrir en responsabilidad en el desempeño de sus funciones.
Si la autoridad jurisdiccional resolviere que la separación, remoción, baja, cese o cualquier otra forma de terminación del servicio fue injustificada, el Estado solo estará obligado a pagar la indemnización y demás prestaciones a que tenga derecho, sin que en ningún caso proceda su reincorporación al servicio, cualquiera que sea el resultado del juicio o medio de defensa que se hubiere promovido”.
El párrafo parece claro, pero nada lo es contra un buen abogado y algún magistrado o ministro con ganas de hacerla de tos. En estos años, letra por letra, amparo por amparo, han ido socavando la idea que el mal policía se debe ir a su casa.
¿La última? Por mayoría de la segunda sala: “Es evidente que, de concluir el procedimiento de separación de un policía en una resolución en que se determine su separación, generará, sin duda alguna, un daño irreparable al agraviado, consistente en la imposibilidad absoluta de ser reincorporado como elemento de los cuerpos de seguridad pública, aun cuando la autoridad jurisdiccional posteriormente resolviera que la separación fue injustificada”.
Por lo tanto, la Corte decidió que ahora el policía se puede amparar antes de que inice el proceso de separación. No vaya a ser que luego resulte que lo separen y no pueda ser reinstalado.
Se podrían escribir libros enteros sobre el análisis técnico jurídico del asunto. Seguramente se escibirán. Poco importa.
Hay un problema de arreglo político fundamental por lo que el mayor problema del país, la inseguridad y sus malos policías, no puede, tal vez, no podrá ser solucionado.