La tremenda corte de justicia

Con la contabilidad electrónica se pretendía cerrar un círculo que empezó hace ya algunos años...

|
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram

Con la contabilidad electrónica se pretendía cerrar un círculo que empezó hace ya algunos años con la evolución de documentos en papel a documentos electrónicos, tales como las declaraciones fiscales, las facturas y los recibos de nómina, entre otros, lo cual nos hace suponer que lo que tenemos hoy no es definitivo y que aún habrá muchos cambios.

La Suprema Corte de Justicia (SCJN) prohibió a todos los jueces federales del País conceder suspensiones a contribuyentes que se amparen contra la obligación de llevar su contabilidad en medios electrónicos es decir recibió línea política del ejecutivo para darles una ayudadita a la reforma fiscal.

Por unanimidad, la Segunda Sala de la Corte resolvió que es improcedente otorgar la suspensión en amparos en los que se impugne el Artículo 28, fracción tercera, del Código Fiscal de la Federación.

La Sala tuvo que resolver una contradicción de tesis entre dos tribunales colegiados de circuito de la Ciudad de México, uno de los cuales había considerado que la suspensión sí era procedente por no afectar el interés público ni las facultades de fiscalización del SAT.
 
Ante los casi 12 mil amparos para impugnar el buzón, la Sala resolvió que sí era procedente conceder la suspensión, lo que ha obligado al SAT a introducir gradualmente esta medida, por lo que hasta febrero pasado solo había alrededor de un millón de contribuyentes que lo utilizaban.
 
La suspensión no impide que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones fiscales, ni tampoco que el SAT ejerza sus facultades de comprobación a través de otros medios", indicó en esa ocasión la Sala, en votación de 3 contra 2.
 
La Sala tiene dos ministros de reciente ingreso, Eduardo Medina Mora y Javier Láynez, quienes fueron respectivamente titulares de la PGR y la Procuraduría Fiscal, Los cuales se sumaron a sus colegas Fernando Franco, Margarita Luna y Alberto Pérez Dayán para aprobar sin mayor discusión la jurisprudencia sobre el Artículo 28 fracción tercera.
 
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dejo de ser Suprema para convertirse en “La Tremenda Corte”.

Pena, risa e indignación provocan las resoluciones del máximo tribunal de justicia en México, Quien acepto y se contamino con la alcurnia política, pues fluye ya en el ambiente el partidista.

La contaminación política en la SCJN es inminente, pero, la mejor y más eficaz vacuna para mantener su autonomía y el calificativo de SUPREMA la tienen los propios ministros quienes deben alzar la voz y enfrentarse de Poder a Poder a la clase política.

El arribo del abogado panista Eduardo Medina Mora a la SCJN, fue el primer brote de salpullido partidista que manchó la piel del derecho y la justicia en México. La equidad quedó desbalanceada porque se dio preferencia a un político y no a un abogado especialista y experto en el amparo y el derecho constitucional. Medina Mora no es bien visto por los hombres y mujeres de toga y birrete, pero a petición del ejecutivo fue aceptado.

Lo más leído

skeleton





skeleton