Ley "bullying" y el artículo 3 de la CPEM

El proyecto de ley sobre "bullying" sancionará la violencia en las escuelas...

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El proyecto de ley sobre "bullying" sancionará la violencia en las escuelas, a través de la "promoción de la convivencia y el abordaje de la conflictividad en las instituciones educativas".

La ley se podrá aplicar en los casos de acoso de un grupo de chicos o chicas contra algún compañero de escuela, al que hostigan y hasta llegan incluso a agredir físicamente.

La iniciativa de ley "busca prevenir las situaciones de violencia escolar a través de la promoción de instancias de participación de la comunidad educativa". Esta ley "no debe enfocarse en el individuo como víctima o victimario”.

Además de las sanciones para los agresores, la ley debe obligar a las escuelas y a la misma Secretaría de Educación para que promueva el desarrollo de estrategias y acciones para fortalecer a las instituciones educativas, a los equipos docentes, y brindarles herramientas y capacitación para la prevención.

Una de las inclusiones  que debe contener el proyecto de ley debe ser el de la incorporación de una línea gratuita para denuncias, situación que hasta el momento no parece estar en el plano de los legisladores.

Ahora veamos la cuestión punitiva en esta iniciativa de ley, las sanciones van desde la amonestación pública hasta una multa de cinco mil días de salario mínimo para padres y maestros que no controlen, que permitan o alienten la violencia escolar. En el caso de los docentes, también se harían acreedores a la suspensión definitiva del puesto académico y a la inhabilitación del cargo hasta por cinco años.

La propuesta establece el diseño e implementación de un Programa de Escuela para Padres, que implique la participación permanente de madres, padres y/o tutores, con el objeto de proporcionar capacitación sistemática y específica que les permita optimizar su capacidad formativa y educativa en los hogares.

Lo anterior, debido a que diversos estudios ponen a México en una situación crítica en violencia escolar, “por lo que el Estado mexicano debe asumir sus responsabilidades”, toda vez que el Artículo 3o. de la Constitución Política dice lo siguiente: “Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado -Federación, Estados, Distrito Federal y Municipios- impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias”. El Estado garantizará la calidad en la educación obligatoria de manera que los materiales y métodos educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de los docentes y los directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos.

Finalmente la iniciativa de ley plantea sanciones económicas hasta por cinco mil salarios mínimos, es decir 350 mil pesos de multa, a maestros y padres de familia que sean omisos en casos de violencia escolar de sus hijos o alumnos. Ello al margen de las responsabilidades civiles o penales que correspondan.

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