'Macizos' felices

La sociedad mexicana –menos la 'mocha' yuca- no está preparada culturalmente para la legalización de la mariguana.

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Ahora sí que hubo una decisión inédita e histórica. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó ayer el uso “lúdico” de la mariguana, su siembra, transportación y consumo personal, pero sin incluir su comercio, suministro o distribución.

En sesión privada (posteriormente todo se supo), los ministros se pronunciaron a favor del dictamen del ministro Arturo Zaldívar que amparó a cuatro personas para que la Comisión Federal para la Protección de Riesgos Sanitarios (Cofepris) –de la Secretaría de Salud- les conceda el permiso para producir y consumir la hierba.

En términos generales, estimados lectores(as), la sentencia declara la inconstitucionalidad de los artículos 235, 237, 245, 247 y 248 de la Ley General de Salud en las porciones que establecen una prohibición para que la Secretaría de Salud emita autorizaciones para la realización de los actos relacionados con el consumo personal con fines recreativos (sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer, transportar), exclusivamente el estupefaciente cannabis (su resina, preparados y semillas) y el psicotrópico THC que en conjunto son conocidos como mariguana. O sea, no todos podrían consumir la mota con fines “recreativos”.

Esta resolución de los magistrados “en ningún caso supone la autorización para realizar actos de comercio, suministro o cualquier otro que se refiere a la enajenación y/o distribución de las sustancias aludidas”.

Los beneficiarios del fallo son únicamente Josefina Ricaño Bandala, Armando Santa Cruz González, José Pablo Girault Ruiz y Juan Francisco Torres Landa Ruffo, que interpusieron amparos para consumir libremente la mariguana. La resolución no protege a la Sociedad Mexicana de Autoconsumo Responsable y Tolerante A.C., que formó inicialmente parte de la demanda.

Aquí viene lo bueno. La Corte estableció un criterio jurídico de observancia obligatoria para juzgados y tribunales federales, además de que, de presentarse más amparos similares, se abre la puerta para que el máximo tribunal emita una declaratoria de invalidez de los artículos que fueron declarados inconstitucionales. Digamos: sí a más alegres “macizos”.

PRIMERA CAIDA.- Ciertamente, la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es histórica. Aunque sea inicialmente para cuatro personas que se ampararon para tratar de conseguir cultivar caseramente su “motita” y, por supuesto, pegarse un tremendo “churrazo”, se deja abierta la posibilidad de que le lluevan pilas de demandas y amparos a los ministros para que, más temprano que tarde, concedan más “luces verdes”.

SEGUNDA CAIDA.- En lo personal, aunque los libre-pensadores y demás supuestos amantes “buena onda” de la mariguana me recuerden a mi progenitora, lo cierto es que la sociedad mexicana –menos la aparentemente “mocha” yuca- no está preparada culturalmente para este tipo de asimilación. Hay que abrir canales de diálogo con todos los sectores sociales.

TERCERA CAIDA.- ¿Qué vendrá ahora? ¿La aplicación del “mariguanómetro” en retenes policiacos?

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