Mancera, el pecado y el delito

Hoy en día muchos estados de la Unión Americana siguen prohibiendo la venta de alcohol en domingo, el día del Señor.

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Jueves y viernes santos, Sábado de Gloria y domingo de resurrección, en ocho delegaciones de la ciudad estará restringida la venta y consumo de alcohol “envasado” (vaya usted a saber qué es eso).

La prohibición de algún tipo de consumo en días específicos tiene una raíz religiosa. El Sabbath judío o el Jummah musulmán, la Cuaresma cristiana. Los puritanos ingleses que llegaron a las costas de Nueva Inglaterra pensaban que el domingo, por ser el día del Señor, nadie debía hacer nada más que alabar a su Dios. Estuvo prohibido rasurarse, hacer la cama, besarse y, por supuesto, consumir alcohol.

Esta visión del mundo terminó por avanzar estado por estado de la Unión Americana hasta que a principios del siglo pasado la prohibición de comercializar o consumir alcohol se hizo precepto constitucional.

El movimiento de la templanza, la principal corriente social detrás de la prohibición, tiene en sus orígenes la idea de que el consumo de alcohol provoca que los hombres no cumplan con las enseñanzas de Jesucristo y terminen perdiendo su fe en Dios. Hoy en día muchos estados de la Unión Americana siguen prohibiendo la venta de alcohol en domingo, el día del Señor.

En el fondo nuestra ley seca en nuestro laico país tiene una raíz similar. Ayer el secretario de Gobierno del DF explicaba a reporteros cómo “está comprobado” que cuando hay multitudes, las riñas en las calles, por ejemplo, son entre personas que han ingerido alcohol.

El problema con la lógica del GDF es que la ley les da todas las herramientas necesarias para controlar los delitos. El artículo 25 de la Ley de Cultura Cívica en su fracción V dice que es una falta “ingerir bebidas alcohólicas en lugares públicos no autorizados”. Es delito también: “VIII. Reñir con una o más personas”; “X. Alterar el orden, arrojar líquidos u objetos, prender fuego o provocar altercados en los eventos o espectáculos públicos o en sus entradas o salidas”; y estas infracciones: “se sancionarán con multa por el equivalente de 21 a 30 días de salario mínimo o con arresto de 25 a 36 horas”.

Lo que la ley seca prohíbe es el consumo. Las acciones ilícitas que, dicen, provoca el consumo de alcohol ya están castigadas por otras leyes. 

Mancera castiga el pecado, no el delito. 

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