Negligencias médicas sin sanciones

No debe haber impunidad en casos de negligencia médica en el estado, y en particular los registrados a últimas fechas.

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No debe haber impunidad en casos de negligencia médica en el estado, y en particular los  registrados a últimas fechas. 

Un estudio refleja que el 90 por ciento de las personas que presentan alguna discapacidad  actual fue porque presentaron dificultades por negligencia al momento de nacer. 

Como víctima de negligencia médica, usted puede demandar por sus lesiones y todas las consecuencias directas de dichas lesiones. Los daños reales se refieren a la cantidad de dinero que se necesitaría para compensarle completamente y colocarlo en la misma posición que habría estado si la lesión no hubiera tenido lugar.

Usted puede recuperar sus pérdidas económicas reales, tales como los costos de la atención médica razonable y necesaria, servicios de rehabilitación, los costos de los servicios domésticos, y la pérdida de ingresos.

La ley permite la indemnización por gastos médicos futuros y la atención que el demandante pueda demostrar que será razonablemente necesaria para tratar el daño causado por la negligencia. La reclamación puede incluir los ingresos que el demandante pueda probar que probablemente se perderán en el futuro debido a las lesiones. 

Hace falta una iniciativa de ley para establecer las obligaciones y los derechos de los médicos en el estado de Quintana Roo, así como de los pacientes, con la finalidad de evitar casos lamentables de negligencias médicas.

 El congreso del estado debería de incorporar una iniciativa para la negligencia médica.

Mecanismos de defensa ante una negligencia médica.

La reclamación en vía administrativa es requisito previo al ejercicio de acciones fundadas en derecho privado o laboral contra cualquier Administración Pública, salvo los supuestos en que dicho requisito esté exceptuado por una disposición con rango de Ley.

El plazo para ejercitar este procedimiento es de un año desde la negligencia médica, desde el fallecimiento del paciente, y en caso de que la negligencia médica cause o agrave una lesión o enfermedad este plazo empezaría a contar desde la fecha en la que se cure o estabilice dicha lesión.

Si no ha obtenido contestación a su reclamación en un plazo de 6 meses se considera desestimada por silencio administrativo negativo. Se abre entonces otro plazo de 6 meses para acudir a los tribunales mediante un procedimiento contencioso administrativo que terminará con sentencia.

Si la negligencia es cometida en la Sanidad privada, en una clínica de cirugía estética el procedimiento a seguir será una Demanda por responsabilidad civil contra los causantes del daño.

Se trata de un procedimiento ante los tribunales de la jurisdicción civil donde se reclama una indemnización por los daños y perjuicios causados a los responsables de la negligencia médica.

El plazo de prescripción en este supuesto comienza a contar del mismo modo que el anterior, y será de 1 año si la responsabilidad se considera extracontractual.

Finalmente existe la posibilidad en ambos casos, público y privado, de acudir a la jurisdicción penal, una opción que busca ver resarcido el daño mediante la correspondiente indemnización monetaria al tiempo que conlleva la privación de libertad o inhabilitación del médico responsable. 

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