De pensionados que trabajan

Para el trámite de devolución de los recursos de RCV y Cuota Social, basta con acudir a la afore que administra la cuenta individual y presentar solicitud de devolución.

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Nos escribe de Chihuahua don HN y nos comenta que se pensionó a los sesenta y cinco años de edad; hoy tiene setenta años, pero desde hace dos tiene una nueva relación de trabajo.

Qué gran ejemplo es don HN al mostrarnos su fuerza, ánimo y actitud para realizar una nueva actividad generadora de ingresos adicionales; nuestras felicitaciones, respeto y admiración.

Es justo también felicitar a su patrón, quien pudiendo abusar de la necesidad, circunstancia de la edad o calidad de pensionado, ha dado de alta nuevamente al IMSS a su trabajador; como él, debieran de existir miles en este país. 

Don HN nos pregunta si el saldo acumulado en la cuenta individual de su afore puede utilizarlo para incrementar una pensión de vejez.

Lamentablemente no es posible; le diremos por qué. 

Expresa la ley que cuando un pensionado por la Ley del Seguro Social 1973 (ya derogada), de reingresar al régimen obligatorio del IMSS, tendrá derecho a abrir una nueva cuenta individual para acumular en ella las aportaciones de los seguros de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV), los de la Cuota Social, más las de la Subcuenta de Vivienda (Infonavit).

Los recursos así constituidos podrán ser entregados al trabajador una vez por año, contado a partir de la fecha de su reingreso al régimen obligatorio.

La afore entregará los recursos de RCV y Cuota Social, e Infonavit hará lo propio con los recursos de la Subcuenta de Vivienda.

Sólo en el caso de pensionados por la Ley del Seguro Social vigente los recursos acumulados en la cuenta individual, por razón de una nueva relación de trabajo, podrán utilizarse para incrementar una pensión otorgada en la modalidad de rentas vitalicias.

Para el trámite de devolución de los recursos de RCV y Cuota Social, basta con acudir a la afore que administra la cuenta individual y presentar solicitud de devolución; será necesario llevar identificación oficial vigente, CURP, comprobante de domicilio reciente más copia de estado de cuenta bancario que contenga CLABE; en este caso, la devolución de los recursos es rápida, estimativamente en no más de dos semanas.

Para el retiro de los recursos de Vivienda, será necesario acudir a Infonavit, previa cita al teléfono 01 800 008 3900, y llevar los documentos que el Instituto le requiera, básicamente, últimos dos estados de cuenta, identificación oficial vigente, CURP y, por aquello de las dudas, comprobante de domicilio reciente; en este caso, la entrega de los recursos será un poco más prolongada que en la afore, pero se reintegran en cuatro a seis semanas a la cuenta bancaria en que se recibe la pensión.

Para información adicional sobre éste u otros artículos, le invitamos a leer http://miretiroypension.com.

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