Protocolo de la Corte hacia la LGBT

Debido a los crímenes de homosexuales registrados en los últimos dos años y que en su mayoría recibieron el clásico “carpetazo”...

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Debido a los crímenes de homosexuales registrados en los últimos dos años y que en su mayoría recibieron el clásico “carpetazo”, y a los diversos actos de discriminación hacia la comunidad homosexual, la presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) elaboró un documento como herramienta de apoyo para que los juzgadores cumplan con el mandato constitucional y convencional de hacer realidad el derecho a la igualdad, en torno a casos que involucren la orientación sexual o la identidad de género.

Con esta finalidad, el Protocolo sugiere una serie de consideraciones para impartir justicia, atendiendo a los derechos que pueden verse afectados en distintas situaciones.

El documento también pretende referir a las situaciones que pueden conducir a violaciones de los derechos de las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersexuales (LGBT), así como a los principales estereotipos a los que se enfrentan.

El Protocolo desarrolla una serie de consideraciones y sugerencias, a partir de derechos humanos reconocidos en instrumentos internacionales y nacionales, en torno a casos en los que se involucre la orientación sexual o la identidad de género.

Este Protocolo está respaldado en un amplio ordenamiento jurídico nacional e internacional en torno a la protección de derechos humanos de cualquier persona, el punto de partida es el mandamiento constitucional y convencional de promover, respetar, proteger y garantizar, bajo los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, todos los derechos humanos.

El Protocolo parte de dos derechos transversales, el derecho al libre desarrollo de la personalidad y el derecho a la igualdad y a la no discriminación; y desarrolla también el derecho a la identidad, a la familia, a la libertad, al trabajo, a la salud, a la educación, a la libertad de expresión, a la libertad de asociación, a la integridad personal, a la vida, y al acceso a la justicia. Estos derechos están respaldados, entre otros, en nuestra Constitución, en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y en el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales “Protocolo de San Salvador”.

A partir de su mandato constitucional, la SCJN es el máximo garante de los derechos de las personas, en particular del derecho de acceso a la justicia. Por ello, tiene el mayor interés en proporcionar herramientas que faciliten la vigencia universal de dicho derecho.

El objetivo es promover el acceso a la justicia de las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersexuales y generar precedentes judiciales que protejan sus derechos humanos en torno a casos que involucren la orientación sexual o identidad de género.

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