¿Qué es el debido proceso?
Es el derecho que tiene toda persona para ejercer su defensa y ser oída...
Es el derecho que tiene toda persona para ejercer su defensa y ser oída, con las debidas oportunidades y dentro de un plazo razonable, por la autoridad competente previo al reconocimiento o restricción de sus derechos y obligaciones.
El debido proceso debe contemplar las formalidades que garantizan una defensa adecuada, es decir:
1.-El aviso de inicio del procedimiento;
2.-la oportunidad de ofrecer las pruebas y alegar;
3.-una resolución que resuelva las cuestiones debatidas, y
4.-la posibilidad de reclamar la resolución mediante un recurso eficaz.
El debido proceso es un principio legal por el cual el Estado debe respetar todos los derechos legales que posee una persona según la ley.
El debido proceso se ha interpretado frecuentemente como un límite a las leyes y los procedimientos legales por lo que los jueces, no los legisladores, deben definir y garantizar los principios fundamentales de la imparcialidad, justicia y libertad. Esta interpretación resulta controvertida, y es análoga al concepto de justicia natural y a la justicia de procedimiento usada en otras jurisdicciones. Esta interpretación del proceso debido se expresa a veces como que un mandato del gobierno no debe ser parcial con la gente y no debe abusar físicamente de ellos.
La sociedad tiene interés en que el proceso sea realizado de la manera más adecuada posible, para satisfacer las pretensiones de justicia que permitan mantener el orden social.
En materia penal, muchos de los obstáculos para el ejercicio del debido proceso tienen que ver con:
1.- Tendencia inquisitorial del sistema penal, que vulnera la presunción de inocencia, transgrede la debida valoración de la prueba y utiliza el principio de castigar lo que se es y no lo que se hace.
2.- La falta de sensibilización y capacitación de las y los servidores públicos encargados de hacer cumplir los principios y garantías del debido proceso.
3.- La insuficiencia de recursos materiales y humanos de los órganos de procuración y administración de justicia.
4.- La inexistencia de una base de datos del sistema de procuración y administración de justicia que permita obtener información relacionada con el cumplimiento de las premisas y garantías del debido proceso.
5.- El inadecuado diseño institucional de participación y representación de las víctimas en los procesos penales.
6.- Actuaciones judiciales que son ventiladas por servidoras y servidores públicos que no necesariamente tienen la investidura de jueces y juezas, lo cual se ha detectado en gran parte de los procesos legales en el sistema de justicia.
7.- Las víctimas del delito se tornan en víctimas de violaciones a los derechos humanos ante la inacción o la acción inadecuada del Estado para procurar o administrar justicia.
8.- La falta de defensa adecuada, incluso desde el trámite de la averiguación previa, con frecuencia da como resultado sentencias condenatorias.