Que no se 'hagan bolas'

La legislación educativa es competencia exclusiva de la Federación y en términos generales se estableció la incompetencia de los congresos locales de los estados para legislar en esta materia.

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Esta semana, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió las controversias que el Ejecutivo Federal interpuso en contra de los poderes Ejecutivo y Legislativo de los estados de Zacatecas y Baja California en cuanto a que sus respectivas leyes de educación invaden la competencia de la Ley Federal del Servicio Profesional Docente.

La primera controversia constitucional (48/2014) promovida por la Federación por conducto del Poder Ejecutivo Federal, en contra de los poderes Ejecutivo y Legislativo del estado de Zacatecas sentó en el banquillo de los acusados a la Ley de Educación del Estado de Zacatecas, porque tiene capítulos completos y artículos relacionados en diferentes partes del cuerpo de la ley, que están precisamente vinculados con la Ley General del Servicio Profesional Docente; como en el caso de los artículos 12, 13 y 63 fracciones II y III, que modifican los términos de la readscripción de docentes dentro del servicio público al permitir que las personas sean asignadas a funciones educativas; reconocer derechos “adquiridos” de dicho personal y establecer reglas en el proceso de evaluación, respectivamente.

La segunda controversia constitucional (47/2014),  promovida en contra de los poderes Ejecutivo y Legislativo de Baja California fue más dura, ya que invalida de manera total la Ley del Servicio Profesional Docente que ese estado elaboró e hizo pública con el decreto No. 41 publicado en el periódico oficial de esa entidad el trece de marzo de dos mil catorce. Con esto el mensaje fue muy claro: la legislación educativa es competencia exclusiva de la Federación y en términos generales se estableció la incompetencia de los congresos locales de los estados para legislar en esta materia. 

Pues, que siempre NO. Esta fue la respuesta de Luis Pérez de la Fuente, magistrado del Primer Tribunal Unitario Penal del DF, al negarle nuevamente el beneficio de la prisión domiciliaria a Elba Esther Gordillo. Ahora por no haber tenido 70 años de edad al momento de ser procesada, ya que al momento de su captura y reclusión sólo tenía 68; atrás quedaron sus enfermedades y el supuesto intento de fuga que impidieron primeramente mandarla a su casa. Mañana seguirán los amparos y las negaciones, parece que el juego de “el gato y el ratón” nos llevará todo este sexenio completo. La maestra sabe bien el final de este juego, pues muchas veces ella le jugó a ser el “gato” en contra de los maestros disidentes.

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