¿Quién se ocupa de los nombres?
Ahora, el registro de los hijos pueda ser con el primer apellido de la madre y no del padre, como ya es una costumbre de hace siglos.
Ayer entró en vigencia el nuevo Código Familiar y con éste el también inédito y moderno sistema de impartición de justicia familiar oral. La verdad, se antoja muy cotorro este asunto lleno de vericuetos legales y que, sin duda, causarán polémica en los siguientes meses y años.
Por ejemplo, ahora los divorcios serán incausados, lo que quiere decir realmente que cuando una pareja se quiera divorciar, bastará con que uno de los cónyuges diga: “Ya no más, estoy harto de ti”. De tal forma, el juez, de manera oral, atenderá la solicitud y en unos dos o tres meses el vínculo quedará disuelto, claro, sin olvidarse de la manutención y demás obligaciones para con los hijos, en caso de haber sido procreados.
Algo también innovador es que alguno de los cónyuges de equis matrimonio, si tuvo hijos con anterioridad, puede registrarlos como si fueran parte de su actual familia, sin importar que tenga apellidos diferentes al del padre o la madre. El objetivo es proteger a la familia. Interesante.
Por supuesto que llama la atención que, ahora, el registro de los hijos pueda ser con el primer apellido de la madre y no del padre, como ya es una costumbre de hace siglos. Sin embargo, el matrimonio en cuestión podría tener varios hijos y todos deberán mantener la prelación del de la madre. Así si el primogénito se apellida Pérez Alpuche (Pérez por la madre y Alpuche por el padre), así se tendrán que apellidar los que vengan después.
En fin. Para el caso de los divorcios, el presidente del Tribunal Superior de Justicia, Marco Celis Quintal, ya advirtió que con el nuevo Código de Familia podría haber un repunte en las separaciones de parejas, aprovechando que los trámites engorrosos quedarán eliminados, pero con el paso de los meses todo se tranquilizará. Es lógico, cuántas personas ya no querrán ver y saber de sus actuales parejas.
Ya saben: “Eres un borracho y desobligado, quiero el divorcio”. O, “ya me harté de que me pongas los cuernos, descarada, crees que no sé con quién te acuestas”. Cosas por el estilo podrán ser dirimidas en caliente y que a cada parte le vaya bien, posteriormente.
PRIMERA CAÍDA.- Pero hay algo que se olvidó en el nuevo Código de Familia de Yucatán y que, como los apellidos, es muy importante. Impedir, a toda costa, que los nombres de los futuros hijos o hijas sean extravagantes a decir basta. No necesariamente todos tienen que llamarse Juan o Pedro.
SEGUNDA CAÍDA.- Pero a eso de que los padres les endilguen a sus chamacos recién nacidos nombres como “Cocacolita”, “Wereber”, “Santita”, “Masiosare”, “Crepúsculo”, “Gotita de Rocío”, “Bill Clinton” y hasta “Místico”, ya raya en la locura. Si no lo creen, pueden ir a consultar al Registro Civil. Allí hay más nombres que ponen los pelos de espanto.
TERCERA CAÍDA.- Algo le faltaba al Código de Familia. ¡Way!