Responsabilidades, impunidad y la guardería ABC

Desde el principcio han existido evidencias suficientes para fincar responsabilidades a funcionarios y dueños de la guardería.

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Entiendo la desesperación de un padre que ha visto impunes a tantos después de la muerte de su hijo en un lugar en donde el Estado mexicano la había prometido cuidarlo.

Y por eso entiendo que cuatro años después algunos padres de familia de víctimas del incendio de la guardería ABC hayan presentado una denuncia en la que argumentan tener supuestas evidencias de que el fuego fue provocado por funcionarios del gobierno estatal. Ante la inacción de la justicia, las víctimas creen que agravar el delito logrará que alguien haga algo. Lo dudo.

Desde el principcio han existido evidencias suficientes para fincar responsabilidades a funcionarios y dueños de la guardería. Me parece que hoy es buen momento de recordar lo que concluyó la Comisión Investigadora de la Suprema Corte después de un extraordinario trabajo:

“El incendio que quitó la vida a cuarenta y nueve niños y dejó lesionados a otros setenta y cinco se originó en la bodega contigua a la Guardería ABC, donde la Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Sonora tenía almacenadas grandes cantidades de documentos.

“Todas las pruebas periciales que se practicaron en diversas investigaciones, así como la que desahogó la comisión investigadora a cargo de peritos extranjeros, coincidentes en afirmar que la evidencia revela que la causa del incendio fue un corto circuito en el motor de un enfriador de aire conocido como cooler. Debido a las altas temperaturas generadas por la corriente eléctrica diversas partes del motor se fundieron generando la ignición del papel que estaba cerca, propagándose las llamas hacia las cajas de cartón que contenían documentos y, algunas, placas de automóviles.

“La inexistencia de un muro cortafuegos que dividiera las instalaciones de la bodega de las de la guardería, aunado a las oquedades y aperturas que había en el muro divisorio, permitió que grandes cantidades de humo tóxico, gases y calor se concentraran en el espacio que había entre el falso plafón y el techo de la nave que albergaba a la guardería.

“Cuando el cielo raso ya no resistió el calor cayó, permitiendo que el humo tóxico y los gases inflamables se vinieran abajo donde había oxígeno, lo que produjo un rápido e intenso flamazo en las aulas donde se encontraban los niños.

“En virtud de que en la bodega alquilada por el Gobierno del Estado de Sonora había trabajadores permanentes, se le considera centro laboral.

“Consecuentemente, el patrón estaba obligado a acatar la Norma Oficial Mexicana en materia de prevención de incendios en los centros de trabajo. La evidencia demuestra que en la bodega no había ni siquiera detectores de humo o extinguidores, ya no sistemas contra incendios a que estaba obligada por el alto riesgo en que se clasifica por las grandes cantidades de combustible sólido que almacenaba.

“No existe evidencia de que la Unidad Estatal de Protección Civil, autoridad que conforme al artículo 13, fracción XIX, incisos b) e i) de la Ley 161 de Protección Civil para el Estado de Sonora era competente para verificar el cumplimiento de las disposiciones relativas a la constitución de unidades internas y aprobación de programas internos en escuelas del sector privado y bodegas, entre otros establecimientos, hubiera realizado visitas de inspección a la bodega ni a la guardería para verificar la existencia del programa interno de protección civil. Conforme a lo previsto por los artículos 10, fracción XI, 36 y del 70 al 75 del Reglamento de Protección Civil del Municipio de Hermosillo, Sonora, vigente en la fecha del incendio, la Unidad Municipal de Protección Civil también era competente para verificar que todas las instalaciones destinadas a actividades educativas tuvieran unidad y programa interno de protección civil.

“De acuerdo con la normatividad del instituto, cuando en 2003 se autorizó el aumento en la capacidad instalada a la guardería, previamente los jefes de los departamentos delegacionales de guarderías y de construcción y conservación, conjuntamente, debieron emitir la certificación técnica de inmueble. Documento constatativo de la seguridad de la edificación en que se aloja la guardería.

“En el expediente de la Guardería ABC no existe prueba de que las autoridades indicadas le hubieran expedido tal certificación. Tampoco existe evidencia de que la autoridad municipal hubiera verificado las instalaciones de la Guardería ABC y aprobado su programa interno de protección civil.

“Todas estas conductas de omisión no son más que la suma de factores de riesgo no atendidos oportuna ni adecuadamente que desencadenaron en el incendio y sus trágicas consecuencias.

“Es clara, pues, la existencia de deberes jurídicos incumplidos que, de haber sido satisfechos en su oportunidad, hubieran evitado la propagación del incendio”.

Hasta ahí el fragmento de aquel informe.

Es decir: faltas hubo, responsabilidades también. El asunto no es el tamaño de la falta, sino el de la impunidad.

Twitter: @puigcarlos

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