Un pequeño islote soviético en la SEP
Además de ser mexicano, ¿qué necesita usted para hablar en radio o en tv?, “certificado de haber terminado sus estudios de bachillerato o de secundaria".
Me ha tocado ya en varias ocasiones. Casi siempre a principios de sexenio, o con algún cambio de titular de la SEP.
Si uno tiene la fortuna de colaborar con alguna estación de radio o televisión, el abogado de la empresa envía mensajes urgentes requiriéndonos a todos entregar a la brevedad nuestros “Certificados de locutor” expedidos por la Secretaría de Educación Pública.
Y ellos lo hacen porque así se los pidieron en la SEP, particularmente en la jefatura del departamento de Certificación para Locutores de Radio y Televisión, que depende de la Dirección General de Televisión Educativa, parte de la Subsecretaría de Planeación y Evaluación de Políticas Educativas.
No es culpa de ese funcionario, cuya responsabilidad al fin y al cabo es que la ley se cumpla, y cuando van llegando todos lo hacen con entusiasmo ejemplar. No. El problema es la ley. La de Radio y Televisión, que en su artículo 84 dice que “en las transmisiones de las difusoras solamente podrán laborar los locutores que cuenten con certificado de aptitud”.
Por cierto, en una joya de otro siglo dice el artículo 85 de la ley: “Sólo los locutores mexicanos podrán trabajar en las estaciones de radio y televisión. En casos especiales, la Secretaría de Gobernación podrá autorizar a extranjeros para que actúen transitoriamente”.
Además de ser mexicano, ¿qué necesita usted para hablar en radio o en tv?
Pues aunque a veces no lo parezca, “Certificado de haber terminado sus estudios de bachillerato o de secundaria.
Quienes presenten certificado de bachillerato se considerarán locutores de la categoría “A”, y quienes presenten certificados de secundaria de la categoría “B”; en el caso de cronistas y de comentaristas, en lugar de los documentos mencionados en la fracción anterior, título y cédula profesional en la especialidad respectiva, o bien, certificado de bachillerato y cartas de dos instituciones reconocidas que acrediten sus conocimientos en la materia de que se trate”. Según el acuerdo 169 de la SEP.
Si usted no los tiene, pues no podrá hablar en la radio o la tele.
Ahora que van a rehacer la Ley de Radio y Televisión, a ver si se acuerdan de eliminar este resquicio medio soviético que dice quién puede y quién no puede hablar en la radio y la tele.