Solidaridad presenta su plan de estímulo fiscal para empresas locales

El cabildo encabezado por Laura Beristáin aprobó descuentos en impuestos y aprovechamientos.

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(Redacción/SIPSE)
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En el marco de la XXXVIII y XXXIX sesiones ordinarias del Cabildo de Solidaridad, encabezadas por la presidente municipal Laura Beristain Navarrete, se aprobó el “Plan de estímulos fiscales por emergencia sanitaria en el municipio de Solidaridad”, que busca dar un respiro a los contribuyentes e incentivar a las empresas en su operación, ante la afectación económica que se presenta por la emergencia sanitaria derivada de la epidemia generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).

De acuerdo con un comunicado, el “Plan de estímulos fiscales por emergencia sanitaria en el municipio de Solidaridad”, aprobado por los ediles, comprende el pago que sea cubierto a partir del 4 de abril al 30 de abril del 2020 y comprenden subsidios y estímulos fiscales en materia de impuesto predial, servicios de salud que serán gratuitos, subsidio del 10% en el pago anual por derechos de recolección de basura, licencias de funcionamiento, Impresión de cédula catastral, constancias de no propiedad, descuentos en multas por infracciones, constancia de uso de suelo, entre otros.

Asimismo, se aprobó la suspensión temporal de los servicios de parquímetros del Sistema Integral de Movilidad, concesionados a la persona moral denominada Promotora de Reordenamiento Urbano S.A. de C.V. (PLAYAPARQ) por medio del Título de Concesión número HAS/OM/CON/LRP/001/2018, quedando únicamente vigente el servicio de renta de bicicletas; lo anterior en atención a la declaratoria de emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID19).

(Redacción/SIPSE)

Otro acuerdo aprobado a favor de los habitantes de Solidaridad fue el hacer un exhorto a diversas personas morales que realizan operaciones comerciales dentro del territorio del municipio de Solidaridad, para que adopten las medidas necesarias en favor de la población a efecto de propiciar condiciones que les permitan afrontar los embates económicos generados por la epidemia declarada “Emergencia sanitaria” ante la presencia del virus SARS-CoV2 (COVID 19).

Esto abarca a la Comisión Federal de Electricidad, la concesionaria del servicio de agua potable y alcantarillado Aguakan a quienes se les exhorta suspender sus cobros del 4 al 30 de abril del presente año, así como el exhorto a empresas solidarias con sus trabajadores y que se esfuercen para no suspender sus servicios, ante la contingencia.

Lista e estímulos aprobada por el Cabildo  

“PLAN DE ESTÍMULOS FISCALES POR EMERGENCIA SANITARIA EN EL MUNICIPIO DE SOLIDARIDAD

Dirección de Ingresos:
  • Impuesto Predial: Se prorroga el pago del tercer bimestre del Impuesto Predial hasta el día 10 de Julio de 2020, sin que se generen recargos y multas. Se conceden facilidades para que los contribuyentes que presenten adeudos de bimestres anteriores, lo realicen en parcialidades previo convenio.
  • Recargos de Impuesto Predial: Subsidio de 100% de los Recargos, a partir del 04 de abril al 30 de abril de 2020; aplica para inmuebles con valor catastral hasta 20 mil UMAS (equivalente a un millón setecientos treinta y siete mil seiscientos pesos mexicanos) y 50% para inmuebles con valor catastral superior a 20 mil UMAS. Pago en una sola exhibición.
  • Multas de Impuesto Predial. Condonación del 100% de multas correspondientes al ejercicio fiscal de 2020 y 50% en las multas de ejercicios anteriores, que sean cubiertos en el periodo del 04 de abril al 30 de abril de 2020.
  • Derechos por Recolección de basura: Subsidio de 100% en el pago de los derechos por recolección de basura correspondiente al mes de abril de 2020. Se conceden facilidades para que los contribuyentes que presenten adeudos de meses anteriores, lo realicen en parcialidades previo convenio. A partir del 04 de abril al 30 de abril de 2020.
  • Subsidio del 10% en pago anual del Derecho de recolección de basura (ejercicio fiscal 2020), a partir del 04 de abril al 30 de abril de 2020. Pago en una sola exhibición.
  • Recargos de basura: Condonación del 100% de recargos correspondientes al ejercicio fiscal de 2020 y 50% en los recargos de ejercicios anteriores, que sean cubiertos en el periodo del 04 de abril al 30 de abril de 2020.
  • Licencia de funcionamiento: Prórroga para realizar el trámite de la licencia de funcionamiento, del 04 de abril al 30 de abril de 2020. 
  • Multas por trámite extemporáneo de licencia de funcionamiento municipal. Condonación del 100% de multas correspondientes al ejercicio fiscal de 2020, que sean cubiertos en el periodo del 04 de abril al 30 de abril de 2020.

Dirección de Protección Civil:

  • Anuencias de Protección Civil:
  1. Subsidio del 50% a partir del 04 de abril al 30 de abril de 2020, para establecimientos mercantiles de bajo riesgo: fijos, semifijos y ambulantes.
  2. Subsidio del 25% a partir del 04 de abril al 30 de abril de 2020, para establecimientos mercantiles de mediano riesgo: fijos.

III. Subsidio del 10% a partir del 04 de abril al 30 de abril de 2020, para establecimientos mercantiles de alto riesgo.

Dirección de Catastro:

  • Cambio de propietario: Subsidio del 50% a partir del 04 de abril al 30 de abril de 2020. (Este beneficio únicamente aplica para contribuyentes que realicen personalmente su trámite, no aplica para las Notarías Públicas, Inmobiliarias y Desarrolladoras y/o Gestores).
  • Impresión de Cédula Catastral: Subsidio del 50% a partir del 04 de abril al 30 de abril de 2020. (este beneficio únicamente aplica para contribuyentes que realicen personalmente su trámite, no aplica para las Notarías Públicas, Inmobiliarias y Desarrolladoras y/o gestores).
  • Constancia de No Propiedad: Subsidio del 50% a partir del 04 de abril al 30 de abril de 2020. (este beneficio únicamente aplica para contribuyentes que realicen personalmente su trámite, no aplica para las Notarías Públicas, Inmobiliarias y Desarrolladoras y/o gestores).
  • Constancia catastral: Subsidio del 50% a partir del 04 de abril al 30 de abril de 2020. (este beneficio únicamente aplica para contribuyentes que realicen personalmente su trámite, no aplica para las Notarías Públicas, Inmobiliarias y Desarrolladoras y/o gestores).

Dirección de Cobranza y Fiscalización:

  • Multas por infracciones al Código Fiscal Municipal del Estado de Quintana Roo contempladas en las fracciones III, V, VIII y XI del artículo 68: Quedarán en suspensión estos actos de autoridad a partir del 04 de abril al 30 de abril de 2020. (Excepto aquellos que las autoridades determinen que ponen en riesgo la salud de los ciudadanos).
  • Multas por infracciones al Reglamento para el Comercio en la Vía Publica del Municipio de Solidaridad, Quintana Roo en el artículo 80 (antes del 1 de octubre de 2018: Artículo 77).

Quedarán en suspensión estos actos de autoridad a partir del 04 de abril al 30 de abril de 2020.

(No aplica a contribuyentes cuya sanción haya sido motivada por infringir el artículo 55 del nuevo Reglamento para el Comercio en la Vía Publica del Municipio de Solidaridad, Quintana Roo, publicado en el Periódico Oficial el 01/10/2018, asimismo se excluyen los infractores de la Zona Federal Marítima Terrestre, Zona Turística de las 5ª. y 10ª. Avenidas).

Dirección de Desarrollo Urbano y Fisonomía:

  • Constancia de Uso de Suelo:
  1. Subsidio del 20% a partir del 04 de abril al 30 de abril de 2020, para usos habitacionales, incluyendo giros comerciales de hasta 55m2 en construcción;
  2. Subsidio de 10% para usos habitacionales, incluyendo giros comerciales superiores a los 55m2 en construcción. (No aplica para establecimientos sujetos a la Ley Sobre Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas en el Estado de Quintana Roo). A partir del 04 de abril al 30 de abril de 2020.
  • Trámites de Licencias de Construcción, en el rubro de regularización de viviendas:
  1. Subsidio del 50% a partir del 04 de abril al 30 de abril de 2020, en sanciones de vivienda y vivienda con comercio hasta un total de 300 m2. de construcción.
  2. Subsidio del 20% a partir del 04 de abril al 30 de abril de 2020, en sanciones de vivienda y vivienda con comercio superiores a 300 m2. de construcción.

Dirección de Registro Civil:

  • Todos los servicios de la Dirección de Registro Civil: Subsidio del 25% a partir del a partir del 04 de abril al 30 de abril de 2020. Aplica para servicios de Derechos a trámites de nacionales, incluye a extranjeros con legal estancia en nuestro país y residencia en el Municipio. No aplica en bodas mixtas.

Dirección de Tránsito Municipal:

  • Infracciones aplicadas por la Dirección de Tránsito Municipal: Subsidio del 50% a partir del a partir del 04 de abril al 30 de abril de 2020. No aplica en infracciones derivadas: Por hechos de tránsito, alcohol y/o narcóticos.
  • Expedición y Renovación de Licencias de Conducir (chofer, automovilista, motociclista y servicio público) hasta por 2 años: Subsidio del 50% a partir del a partir del 04 de abril al 30 de abril de 2020. Incluye a extranjeros con legal estancia en nuestro país y residencia en el Municipio.
  • Examen optometrista de agudeza visual para conducir un vehículo de motor (aplica para tramites de 2 años). Subsidio del 50% a partir del 04 de abril al 30 de abril de 2020. Incluye a extranjeros con legal estancia en nuestro país, y residencia en el Municipio.
  • Permiso para circular sin placas.  Subsidio del 25% a partir del 04 de abril al 30 de abril de 2020. No aplica al Servicio Público.  

Secretaría General:

  • Certificados de vecindad, de residencia y de morada conyugal: Subsidio del 100% a partir del 04 de abril al 30 de abril de 2020.

Dirección de Salud Física y Mental:

  • Servicios de Salud: Subsidio del 100% a partir del 04 de abril al 30 de abril de 2020.

SEGUNDO. – Los Subsidios a que se hace referencia el punto de acuerdo inmediato anterior, deberán realizarse en una sola exhibición.

TERCERO. – Se suspende temporalmente el ejercicio de las facultades de comprobación de las autoridades fiscales municipales, sin menoscabo del ejercicio de aquellas facultades de supervisión o comprobación que realicen las autoridades, a efecto de verificar el cumplimiento de las medidas, restricciones o acciones implementadas con motivo de la salud que nos ocupa.

No correrán términos legales para ningún trámite o procedimiento administrativo que deba realizarse durante el periodo de la contingencia.

CUARTO. – Si vencido el plazo comprendido del 04 al 30 de abril de 2020 la emergencia sanitaria continua, se faculta a la Tesorería Municipal aplicar los efectos del presente acuerdo, hasta en tanto la Autoridad Federal Sanitaria, anuncie de manera oficial el término de la emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, derivada de la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).

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