La Corte admite controversia 'presidencial' sobre Ley del IFT
El ministro Alberto Pérez Dayán admitió también la controversia del Senado contra lineamientos en materia de audiencias; por ahora seguirán en vigor.
Agencias
CIUDAD DE MÉXICO.- El ministro Alberto Pérez Dayán admitió a trámite las controversias constitucionales en contra de la ley y lineamientos del Instituto Federal de Telecomunicaciones que regulan la defensa de las audiencias.
De momento los lineamientos se mantendrán mantienen vigentes porque en las controversias no se solicitó su suspensión. Los lineamientos impugnados entraron hoy en vigor, de acuerdo con Milenio.
El tema de la suspensión sólo será revisado por el ministro, para tomar la decisión que proceda, en caso de que el Ejecutivo o el Senado soliciten la medida cautelar.
Ayer el presidente Enrique Peña Nieto y el Senado presentaron dos controversias constitucionales en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, una de ellas donde el Ejecutivo impugnó que el Congreso de la Unión dotó de facultades al Instituto Federal de Telecomunicaciones para regular los derechos de audiencia, mientras que en la otra los senadores reclaman que el IFT se atribuyó derechos que corresponden al Poder Legislativo Federal.
Por su parte, la fracción del PRI en el Senado presentó un oficio a la Mesa Directiva para solicitar a la Corte que dé trámite expedito y preferente a la controversia que interpusieron contra los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias que este miércoles entran en vigor.
Ataques injustos
Al respecto, el IFT celebró que el Alto Tribunal sea quien defina el alcance de los derechos y las facultades que tiene el Congreso y el mismo órgano regulador en materia de derecho de audiencias.
La Asociación Mexicana del Derecho a la Información (Amedi) calificó como desafortunado que el Ejecutivo interpusiera la controversia constitucional, y aseguró es uno de los ataques más injustos que se han dado al IFT.
Humberto Castillejos, consejero jurídico de la Presidencia, dijo que Peña reclamó ocho artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
Explicó que el mencionado estatuto, aprobado por el Congreso de la Unión, concedió al IFT la facultad de regular los derechos de las audiencias, cuando "la Constitución no le otorga al IFT la facultad para regular la defensa de las audiencias", ya que es una potestad exclusiva del presidente de la República.
Censura
A su vez, Pablo Escudero, presidente de la Mesa Directiva en el Senado, declaró que los lineamientos acordados por el IFT buscan censurar la actuación de los medios de comunicación y, por ende, la libertad de expresión.
"El IFT pretende poner una obligación a todos los periodistas y comunicadores del país, para diferenciar lo que es información noticiosa, de lo que es opinión, limitando con ello el libre flujo de las ideas y de las opiniones, inhibiendo con ello la libre manifestación de las ideas; el IFT busca someter a su escrutinio las opiniones de profesionales de la comunicación; también que toda la comunicación de los informadores tenga que estar presidida por un estudio a conciencia de ello y con datos que son difíciles de acreditar", explicó.
Es decir, abundó, el IFT sacó lineamientos que no ayudan al flujo de información y a la libre expresión de las opiniones".
En las próximas horas, la Suprema Corte determinará si admite o no a trámite ambas controversias.