Consejeros piden a Trife anular fallo contra Consulta Popular

El Teqroo violentó derechos de los quintanarroenses al dar la razón a tres ciudadanos.

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Tres consejeros del Ieqroo promovieron los juicios, pero para los actores no tenían la competencia. (Joel Zamora/SIPSE)
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Benjamín Pat/SIPSE
CHETUMAL, Q. Roo.- El Tribunal Electoral de Quintana Roo violentó los derechos políticos de miles de quintanarroenses al poner en riesgo la Consulta Popular y beneficiar únicamente a tres ciudadanos, a pesar de que estaba fuera de sus atribuciones, afirma tres impugnaciones presentadas el fin de semana.

Se trata de tres Juicios Electorales (JE) promovidos por Sergio Avilés Demeneghi, Claudia Carrillo Gasca y Luis Carlos Santander Botello, en su calidad de consejeros del Instituto Electoral de Quintana Roo, autoridad que declaró en su oportunidad la procedencia de la primera Consulta Popular en el Estado.

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Para los actores, los magistrados electorales no tenían competencia para realizar un estudio de fondo y manifestarse sobre el tema de la trascendencia, toda vez que es una facultad y atribución exclusiva del Consejo General del Ieqroo.

Según las impugnaciones, el Teqroo incurrió en violaciones al artículo 49 de la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Quintana Roo, que establece que el informe del Consejo General del Ieqroo sobre el cumplimiento de requisitos, trascendencia y procedencia en materia de Consulta Popular será definitiva e inatacable.

“Si bien el Tribunal Electoral de Quintana Roo, tiene competencia cuando el acto impugnado  sea emitido por el  Instituto Electoral, no debe confundirse ya que de conformidad a las disposiciones normativas referidas con antelación, únicamente tiene competencia en participación ciudadana por un tema procedimental y no sustantivo, es decir solo para los casos que expresamente se establecen en la Constitución y legislación aplicable, no para la parte sustantiva, luego entonces el Tribunal Electoral, no tiene competencia para conocer de la trascendencia del tema de la consulta popular”, refieren los recursos legales.

Para Avilés Demeneghi, la actuación de los magistrados pone en riesgo inminente la autonomía del Ieqroo y, además, pone en peligro la materialización de la Consulta Popular.

Lo anterior es así, porque la sentencia se da en una etapa de procedimientos, actos preparatorios y organizacionales, como la solicitud de recursos financieros, aprobación de modelos de boleta, licitaciones, lineamientos y demás.

“El actuar desproporcional, incompetente e ilegal pone en grave riesgo, de hacer imposible, la materialización de la consulta popular en el estado de Quintana Roo. Por lo anterior y necesidad apremiante de los tiempos y procedimientos que conllevan la organización y desarrollo de la consulta popular, vulnerando ahora sí el Tribunal Electoral derechos políticos de miles de quintanarroenses, solicito que se realice un pronunciamiento de urgencia atendiendo al contexto de lo manifestado”, señalan los recursos que deberán ser enviados a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Los autos de inicio de impugnación federal quedaron registrados en los cuadernillos CU/JE/001/2018, CU/JE/002/2018 y CU/JE/003/2018, publicados en estrados del Tribunal Electoral de Quintana Roo, y se otorgó un plazo de 72 horas, a fin de que algún tercero interesado manifieste los alegatos que considere pertinentes.

Fue el 15 de mayo pasado, cuando el Teqroo determinó darle la razón a tres ciudadanos que promovieron juicios electorales en busca de frenar la Consulta Popular en el municipio de Benito Juárez, mediante la cual, el Gobierno del Estado pretende preguntar a los benitojuarenses si están de acuerdo o no con entrada de las plataformas digitales en el servicio público de transporte de pasajeros.

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