La Sala Xalapa determinó que el tribunal estatal evaluó de forma incorrecta la constancia que valida la candidatura de acción afirmativa.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), a través de la Sala Regional Xalapa; devolvió la candidatura a Síndico municipal de Solidaridad a José Luis Toledo Medina, al revocar una sentencia del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo).
A través de una publicación en su cuenta de Twitter (hoy X), el TEPJF informó sobre la revocación de la sentencia emitida por el Teqroo en el expediente JDC/031/2024.
La resolución original del Teqroo había revocado, a su vez, el acuerdo IEQROO/CG/A-105-2024 del Consejo General del Instituto Electoral Estatal (Ieqroo) que aprobaba el registro de la planilla de candidaturas del Ayuntamiento de Solidaridad, presentada bajo la acción afirmativa de discapacidad por la coalición “Fuerza y Corazón por Quintana Roo”, integrada por los partidos Acción Nacional (PAN) y Revolucionario Institucional (PRI), en específico, referente a José Luis Toledo Medina.
El TEPJF determinó que el Teqroo valoró indebidamente las constancias presentadas para acreditar la discapacidad del candidato en cuestión.
#TribunalIndependiente #TribunalConfiable 𝐒𝐄𝐒𝐈𝐎́𝐍 𝐏𝐑𝐄𝐒𝐄𝐍𝐂𝐈𝐀𝐋 24 de mayo de 2024 - Destacado informativo I #SalaXalapa pic.twitter.com/7kAAXHC73Z
— Sala Xalapa (@TEPJF_XAL) May 24, 2024
Tras revisar los certificados médicos impugnados, se observó que en el documento fechado el 1 de marzo de 2024, se establecía que el ciudadano registrado como candidato tenía una "discapacidad auditiva parcial permanente”, hecho por el cual se cumple con los requisitos establecidos en el punto décimo segundo de los "criterios de acciones afirmativas".
Por lo tanto, la decisión del Tribunal confirma el registro de la candidatura impugnada, lo que permite a la coalición “Fuerza y Corazón por Quintana Roo” mantener a José Luis Toledo Medina en su planilla para el Ayuntamiento de Solidaridad.
Este fallo subraya la importancia de los criterios de inclusión y la correcta evaluación de las condiciones de discapacidad en el proceso electoral.
Esta decisión marca un precedente en la validación de documentación médica en el contexto electoral y la necesidad de evaluaciones precisas y justas por parte de los tribunales electorales.