Gael García y Diego Luna ganan demanda a Johnnie Walker

n juzgado local deberá calcular a cuánto asciende el daño provocado, los perjuicios que sufrió y la reparación del daño.

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[Foto: Wikimedia Commons/ Wikipedia]
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó el último recurso con el que la empresa Diageo México, distribuidora de Johnnie Walker, buscaba evitar pagarles a Gael García y Diego Luna por utilizar su imagen sin su consentimiento para una de sus campañas publicitarias.

La Secretaria General de Acuerdos de la Presidencia de la Corte declaró improcedente el recurso presentado por la empresa, con lo que confirmó el triunfo que los actores consiguieron desde la primera instancia, en un juzgado local derivado del litigio que iniciaron desde hace 10 años.

Gael García ya ha ganado otras dos demandas en la Corte donde la Primera Sala le concedió los amparos con los que consiguió confirmar que Diageo México debe pagarle pues los ministros determinaron que el derecho a la propia imagen está protegido por la Ley Federal de Derecho de Autor y que la empresa lo violentó al utilizarla sin el consentimiento del actor para la campaña "Caminando con gigantes".

Como producto de los triunfos de García Bernal, un juzgado local deberá calcular a cuánto asciende el daño provocado, los perjuicios que sufrió y la reparación del daño.

García Bernal  demandó a Johnnie Walker

“Caminando con gigantes”, campaña donde se utilizó la imagen de García Bernal se publicó hace 10 años y fue motivo para que el actor demandara a la empresa con base en los derechos de autor.

Misma que establece sanciones en materia de comercio y la utilización de la imagen de una personas sin autorización o la de sus causahabientes.

La empresa refutó que no corresponde a la federación ordenar en materia del derecho al uso de la imagen; además de que su órgano en México no es propietario de la marca del wisky Johnnie Walker, solo responde a la publicidad y comercialización del producto; por tanto, no puede formar parte de la demanda. 

Por último, la Suprema Corte invalidó los argumentos presentados y explicó que la ley protege a los autores de una obra y a cualquier persona cuya imagen sea comercializada sin su autorización.

Fue en 2018 cuando el amparo promovido por García Bernal fue revisado por la Primera Sala y se rectificó que la multinacional sí era responsable del uso indebido de la imagen del Gael García. Ante esto, se declaró que el actor podía presentar una demanda de indemnización, reparación y pago de daños materiales y perjuicios por un equivalente del 40% de las ganancias que se obtuvieron durante la campaña.

Durante este mes de noviembre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió a su favor y precisó que la empresa debe retribuir dichos ingresos.

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