¿Cuánto te deben de pagar de aguinaldo?

Los trabajadores por honorarios no tienen derecho al pago de esta prestación.

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La Profedet indica que previo consentimiento del trabajador, el pago del salario y aguinaldo podrá efectuarse por medio de depósito en cuenta bancaria, tarjeta de débito, transferencias o cualquier otro medio electrónico. (Reforma)
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Agencia
Ciudad de México.- El aguinaldo es una cantidad de dinero que debe ser pagada por el patrón a cada uno de sus trabajadores en el mes de diciembre. Tienen derecho a recibir aguinaldo todos los trabajadores en activo, así como ex trabajador aunque no haya laborado el año completo.

De acuerdo con Excélsior, el salario que se debe considerar para el pago del aguinaldo es el que ordinariamente perciben los trabajadores por un día laborado (salario base) y que reciben al momento en que deba pagarse esta prestación. Los trabajadores en activo tendrán derecho a un aguinaldo anual equivalente a 15 días de salario, por lo menos.

El aguinaldo para un ex trabajador aunque no haya laborado el año completo tiene derechos que se le pague la parte proporcional, de acuerdo al tiempo trabajado durante el año.

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De acuerdo a la Profedet, el personal de confianza que preste un servicio personal subordinado para una persona física o moral debe también por ley recibir aguinaldo.

Dicha prestación laboral anual también aplica para los comisionistas, los agentes de comercio, de seguros, vendedores y otros semejantes, que se rijan por la Ley Federal del Trabajo (LFT)

Los trabajadores por honorarios no tienen derecho al pago de aguinaldo.

¿Cuándo se paga el aguinaldo?

De acuerdo a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, (Profedet), el aguinaldo debe pagarse antes del 20 de diciembre si eres trabajador activo. En el caso de los extrabajadores, este se debe pagar en la fecha de la terminación de la relación laboral, es decir, se adelanta al momento de la baja del trabajador.

Hay que destacar que los trabajadores que renuncien a su trabajo antes del 20 de diciembre, tienen derecho a que se les cubra la parte proporcional de aguinaldo por el tiempo que laboraron.

Es importante que sepas lo siguiente: en caso de que no te paguen el aguinaldo, podrás acudir a la Profedet, donde te asignarán un abogado que tendrá la obligación de brindarte asesoría legal, gratuita y personalizada.

La recomendación es hacer la denuncia lo más pronto posible, aunque este puede ser reclamado hasta un año posterior después del incumplimiento, el cual empieza a correr después del 20 de diciembre. Si quieres denunciar, haz contacto con la Profedet.

Además del mismo trabajador, el no pago del aguinaldo puede ser reclamado por los sindicatos, las federaciones y las confederaciones

¿Se puede pagar con productos?

El aguinaldo no se puede pagar en especie. Tanto el aguinaldo como el salario deben pagarse en efectivo y con la moneda en curso legal, no está permitido hacerlo en mercancías, vales, fichas o cualquier otro signo representativo con que se pretenda substituir la moneda.

La Profedet indica que previo consentimiento del trabajador, el pago del salario y aguinaldo podrá efectuarse por medio de depósito en cuenta bancaria, tarjeta de débito, transferencias o cualquier otro medio electrónico. Los gastos o costos que originen estos medios alternativos de pago serán cubiertos por el patrón.

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