Crítica AMLO a la SCJN por invalidar la prisión preventiva los delitos fiscales
Con ocho votos a favor y dos en contra, la SCJN invalidó las reformas para castigar con cárcel los delitos fiscales.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la prisión preventiva oficiosa para quienes cometen delitos fiscales como defraudación, facturación falsa y contrabando.
Crítica AMLO la decisión de la SCJN
El presidente Andrés Manuel López Obrador criticó la decisión de la SCJN de declarar inconstitucional la prisión porque eso significa seguir protegiendo la corrupción.
“Hace falta todavía el lograr en otros poderes como en el Poder Judicial, en la Corte, que se se castigue por igual a todos los que cometen un ilícito y que no esté la justicia al servicio del dinero y al servicio de los poderosos”.
En su conferencia de prensa, en el Palacio Nacional, el titular ejecutivo dijo que su administración acatará el fallo del Máximo tribunal de Justicia del país.
Agregó que ahora los delincuentes de cuello blanco y los “fifís” no pueden ir a la cárcel. “Se trata de delincuente de cuello blanco, entonces no puden ir a la cárcel los fifís”.
"No pueden ir a la cárcel los fifís", apuntó @lopezobrador_ sobre el fallo de la @SCJN de invalidar la prisión preventiva para los delitos de defraudación fiscal. pic.twitter.com/zrslxiQdyu
— El Financiero TV (@ElFinancieroTv) October 26, 2021
Durante la sesión de ayer del Pleno de la SCJN, los ministros analizaron las acciones e inconstitucionalidad presentadas por senadores de la oposición, integrados por el llamado Bloque de Contención, y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
Los ministros consideraron que con esta reforma el poder legislativo excedió sus facultades, al extender la prisión preventiva de oficio a delitos no contemplados en el artículo 19 de la Constitución de la Política.
Tras la votación a favor, el ministro presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, escribió en su cuenta de Twitter que su voto fue congruente con lo que ha sostenido desde hace años.
"La prisión preventiva oficiosa es inconvencional, por ser contraria al principio de presunción de inocencia. Al interpretar la Constitución estamos obligados a hacerlo a la luz del artículo primero constitucional y privilegiar el principio pro persona".
La prisión preventiva oficiosa es inconvencional, por ser contraria al principio de presunción de inocencia. Al interpretar la Constitución estamos obligados a hacerlo a la luz del artículo primero constitucional y privilegiar el principio pro personae. pic.twitter.com/MmmuxgMpeI
— Arturo Zaldívar (@ArturoZaldivarL) October 25, 2021
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