Colombia: Cancelan eutanasia de Martha Sepúlveda

Comité médico determinó que la colombiana “no cumple” con los requisitos para el procedimiento.

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Colombia: Cancelan eutanasia de Martha Sepúlveda. (Foto: Twitter)
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A sólo unas pocas horas de que la colombiana Martha Sepúlveda diera fin a su vida por medio de la eutanasia, medios del país sudamericano reportan que el procedimiento fue cancelado.

Martha Sepúlveda, de 51 años de edad, fue diagnosticada con esclerosis lateral amiotrófica (ELA).

El pasado 6 de agosto se aceptó su solicitud para aplicarse la eutanasia que originalmente se realizará el 31 de octubre pero se adelantó al domingo 10 de octubre.

Sin embargo, el Comité Científico Interdisciplinario para el derecho a morir con dignidad a través de eutanasia, del Instituto Colombiano del Dolor; informó que el procedimiento se canceló. 

En Colombia la eutanasia se despenalizó en 1997 y se hizo en ley en 2015, fecha desde la cual se han llevado a cabo 157 procedimientos.

El procedimiento es legal en Colombia para personas que padezcan "un intenso sufrimiento físico o psíquico" por causa de una lesión o enfermedad incurable.

Martha Sepúlveda destacó porque sería la primera eutanasia en un paciente que no tiene una enfermedad terminal, siendo precisamente este detalle el que canceló su caso.

En comunicado se sostiene que el comité concluyó “de manera unánime” cancelar el procedimiento porque la paciente no cumple el criterio de terminalidad:

El Comité Científico Interdisciplinario para el derecho a morir con dignidad a través de eutanasia del Instituto Colombiano del Dolor S.A.S., según reunión del 08 de octubre del presente año, en la cual se revisó y analizó de nuevo de forma amplía y suficiente a la solicitud de la señora Martha Liria Sepúlveda, concluyó de manera cancelar el procedimiento a morir con dignidad a través de eutanasia, programado para el día 10 de octubre de 2021.

La decisión de cancelación se basa en el numeral 26.6 de artículo 26 de la Resolución 971 de 2021 del Ministerio de Salud y de Protección Social, que le asigna al Comité dentro de sus funciones revisar el trámite de la solicitud y le procedimiento eutanásico completo, a fin de detectar alguna situación que afecte el desarrollo del mismo. Esto por eso que, al contar con un concepto actualizado del estado de salud y evolución de la paciente, se define que no se cumple con el criterio de terminalidad como se había considerado en el primer comité.

 

 

Ante este hecho, políticos colombianos se pronunciaron en contra de la cancelación, al considerar que un comité no puede quitar el derecho de una persona a decidir qué hacer con su vida.

Otros sectores, como la Iglesia Católica, celebraron la cancelación.

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